Por Redacción
El Gobierno será el encargado de garantizar las impresiones y distribución; antes se encargaban los partidos.
El Gobierno decretó en la publicación del último Boletín Oficial la implementación del sistema de Boleta Única de Papel (BUP) en todas las votaciones a nivel nacional. Esto implica un cambio importante en el Código Electoral Nacional, amparado por el decreto 1049/2024.
La nueva estructuración del sistema será implementado por primera vez en las elecciones legislativas de 2025, lo que implicará cambios en los procesos de impresión, capacitación a las autoridades de mesa y a todos los ciudadanos que pueden votar.
Esta nueva implementación modifica algunos artículos de la Ley N° 19.945, la cual establece cómo debe ser el registro y oficialización de candidatos. Así como también contempla el diseño y contenido de la Boleta Única, las reglas para su implementación y los requisitos a tener en cuenta tanto en elecciones primarias y generales, como en las del Parlamento del Mercosur.
La iniciativa se fomenta con la idea de garantizar la transparencia y funcionalidad del sistema electoral. La provincia de Santa Fe fue pionera en la utilización de la Boleta Única, aprobada en febrero de 2011. Ya llevan más de catorce elecciones con este sistema y según lo que demuestran las evaluaciones, su desempeño es favorable y genera una mejor experiencia, tanto a la hora de votar como de contabilizar los votos.
Un cambio sustancial es que será el Gobierno el encargado de garantizar las impresiones y distribución de las boletas únicas, del cual antes se encargaban los partidos.
Según lo que establece el decreto, el frente de la boleta contará con una composición de cuatro tintas. La parte trasera contendrá espacio para la firma del presidente de mesa, la identificación del tipo y fecha de elección. Para la implementación de imágenes se destinarán solo dos colores, y deberán ser autorizadas por la Justicia Federal Electoral.
Además, la boleta incluirá un espacio en el margen izquierdo, inmediatamente después del talón troquelado, destinado a la identificación del distrito, circuito y sección electoral. Para facilitar su manipulación y procesamiento, se incorporarán márgenes de seguridad de, al menos 0,5 centímetros, en los bordes superior, inferior y derecho. Por último, indicaron que no podrá contener datos identificatorios individuales, para asegurar la privacidad y confidencialidad del voto.
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