La cita para revisar la preventiva se había fijado inicialmente el mismo día de la audiencia de Vicentin pero ya tiene nueva fecha.
La Oficina de Gestión Judicial de Rosario reprogramó la audiencia de revisión de la prisión preventiva del financista rosarino Luis Herrera, quien permanece detenido desde diciembre de 2024 en el marco de una causa por fraude al quedarse con dólares ajenos que le confiaban cientos de ahorristas e inversores bajo promesas de jugosas tasas de interés. La audiencia debía realizarse originalmente el viernes pasado, pero fue postergada a pedido de los fiscales de la Unidad de Delitos Económicos del Ministerio Público de la Acusación (MPA), ya que coincidía con la audiencia imputativa clave contra ex directivos del Grupo Vicentin que también tiene a su cargo el mismo equipo fiscal.
Aunque los expedientes son totalmente independientes —Herrera no está vinculado al caso Vicentin—, la superposición de fechas generó la necesidad de reprogramar la revisión de su situación procesal. La audiencia será decisiva para su defensa, que busca que el imputado recupere la libertad bajo medidas alternativas, o en su defecto, que se reduzca el plazo de la prisión preventiva, actualmente fijada por seis meses y con vencimiento previsto para junio.
La audiencia en cuestión en principio se realizaría este viernes -si no media otra postergación de la OGJ- y de la misma también participará un abultado grupo de abogados querellantes representando los intereses de decenas de ahorristas. Serán de la partida los letrados Mariano Pujol, Guillermo Mionnet, Sabrina y Héctor Superti, Vivienda Cosentino, Juan Cruz Salinas y Jorge Resegue, entre otros.
La medida cautelar fue dispuesta por la jueza penal Paula Álvarez el pasado 6 de diciembre, luego de una audiencia en la que se le atribuyeron a Herrera nuevos hechos y se argumentó riesgo procesal. Según el fallo, existía una presunta “apariencia de responsabilidad”, sumada a indicadores de riesgo de fuga y entorpecimiento de la investigación.
Sin embargo, los abogados defensores Gustavo Franceschetti y Roberto Falistocco De Luca presentaron un extenso recurso de apelación en el que cuestionan tanto los fundamentos de la jueza como la legalidad de la detención. En su presentación, solicitan que la Cámara Penal revoque la decisión y retrotraiga la situación procesal de Herrera a la etapa anterior, cuando se encontraba en libertad bajo medidas cautelares.
Entre los principales puntos planteados, los defensores sostienen que no se ha valorado adecuadamente la prueba ofrecida para refutar la existencia de dolo en los delitos atribuidos, especialmente en lo que respecta a presuntas estafas. Aseguran que Herrera realizó cuantiosas restituciones de dinero a personas con las que mantenía vínculos comerciales —operaciones financieras vinculadas a futuros y opciones— y que estos pagos fueron documentados con recibos firmados, fechados e individualizados. Dicha documentación fue secuestrada y se encuentra en poder de la Fiscalía, pero —según sostienen— no fue considerada en la decisión judicial.
También rechazan la imputación por lavado de activos, argumentando que no se trató de un intento de blanquear bienes de origen ilícito, sino de operaciones con trazabilidad comprobada. Señalan que toda la operatoria financiera cuenta con documentación respaldatoria y que no puede imputarse un nuevo delito por los mismos hechos. En ese sentido, denuncian un “bis in idem”, al imputar simultáneamente fraude y lavado por una misma operatoria.
Otro de los cargos objetados es el de quiebra fraudulenta. La defensa argumenta que las cuentas bancarias en el exterior que se mencionan como ocultas no estaban activas al momento en que Herrera solicitó su concurso preventivo, ni al inicio de la causa penal, ni al momento de la declaración de la quiebra. En consecuencia, consideran arbitrario suponer que hubo ocultamiento de bienes. Además, subrayan que no existe una interdicción previa de esos bienes y que tampoco están a nombre de los otros dos imputados, Diego e Ignacio Herrera, quienes —según el planteo— han sido involucrados en hechos que no los alcanzan. Se trata de los hijos del financista.
Respecto de la imputación por desobediencia, se cuestiona que se haya considerado incumplida una orden judicial referida al movimiento de fondos en el exterior. Los abogados sostienen que el dinero transferido no pertenecía a Luis Herrera y que las operaciones se hicieron para afrontar gastos legales. Añaden que ni siquiera se trata de un supuesto típico del delito de desobediencia y que se incurre en una interpretación extensiva que vulnera el principio de legalidad.
El recurso también plantea la ilegalidad de la detención de Herrera, entendiendo que no hubo motivos suficientes para revocar las medidas alternativas ni urgencia que justificara su detención inmediata. Señalan que varios de los hechos utilizados para fundamentar la medida son anteriores y ya eran conocidos por la Fiscalía, por lo que no podrían ser esgrimidos como nuevos elementos.
Además, la defensa rechaza que exista un riesgo actual de fuga o entorpecimiento. Apuntan que durante todo el proceso, Herrera cumplió estrictamente con las medidas impuestas: no salió del país, se presentó periódicamente ante las autoridades y prestó colaboración en la entrega de información. También remarcan que los bienes incautados en la causa son suficientes para cubrir los reclamos económicos de los denunciantes, incluso en caso de una eventual condena.
Los abogados también ponen en duda los supuestos indicios de una conducta obstructiva por parte de los imputados, como los chats extraídos de dispositivos electrónicos o algunas referencias económicas interpretadas como señales de riesgo. Aseguran que muchas de esas expresiones están sacadas de contexto, datan de años anteriores a las imputaciones y no reflejan la conducta actual de los acusados.
Finalmente, critican la duración de la prisión preventiva, considerándola desproporcionada en una causa que ya lleva más de tres años en trámite. Advierten que mantener detenido a Herrera por seis meses más no tiene justificación razonable, menos aún si se considera que la Fiscalía todavía no ha presentado la acusación formal.
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