Por Redacción
La medida se publicó este viernes en el Boletín Oficial y es para evitar maniobras fraudulentas de los importadores.
A través de la Resolución General 5190/2022 que se publicó este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno modificó los criterios para los envíos de mercadería comprada en forma online en el exterior. A partir de ahora “el límite establecido para un mismo destinatario, fijado en u$s3000, 50 kilos y 3 unidades iguales de la misma especie regirá para cada vuelo”.
El argumento que esgrimieron desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), al mando de Mercedes Marcó del Pont, fue evitar maniobras fraudulentas cometidas por importadores. Para ello se realizaron, en primer lugar, pequeños cambios en el formulario de solicitud de importación que deben completar los prestadores de servicios postales (conocidos como PSP o Courier) antes de cada operación.
A través de un comunicado, la Afip explicó que de esta manera se pretende “evitar que los operadores dividan sus encargos en un mismo vuelo para que cada envío no supere los u$s3000 y de esta manera excedan el monto máximo establecido”. En este sentido, el organismo recaudador sostuvo que los cambios “buscan mantener las buenas prácticas del comercio exterior y proteger a los operadores del comercio exterior que cumplen las normas”.
Según la normativa vigente, el régimen de pequeños envíos personales, sin fines comerciales, establece que se pueden realizar hasta 5 de estos pedidos internacionales por año, en tanto que si tiene un fin comercial no hay un límite en ese sentido.
Así las cosas, las AFIP aclaró mediante esta Resolución General que los pedidos que ingresen a la Argentina a través del Régimen de Importación, mediante los Servicios Postales PSP/Courier, y sean destinados a personas humanas o jurídicas, tendrán que estar “conformados por hasta tres unidades de la misma especie y que no presuman finalidad comercial, donde el peso total del envío sea de hasta 50 kg y el valor FOB de las mercaderías consignadas a un mismo destinatario no excedan los u$s3.000) por vuelo”.
Asimismo, se remarcó que estos prestadores podrán efectuar la solicitud de importación o de exportación para consumo en forma simplificada siempre que “el valor FOB de las mercaderías consignadas a un mismo destinatario no excedan los USD 3.000 por vuelo y el peso total del envío sea de hasta 50 kg”.
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