• Dólar Banco Nación $1195.00
  • Contado con liqui $1187.20
  • Dólar MEP $1184.49
  • Dólar Turista $1553.50
  • Dólar Libre $1215.00
  • Dólar Banco Nación $1195.00
  • Contado con liqui $1187.20
  • Dólar MEP $1184.49
  • Dólar Turista $1553.50
  • Dólar Libre $1215.00

Política

Vienen cambios

La ley Bases está cocinada en Diputados, ¿cómo impactará en la diaria?

La ley Bases está cocinada en Diputados, ¿cómo impactará en la diaria?

Por Redacción

Se espera la aprobación de la primera ley fundacional del Gobierno de Milei para la medianoche. 

En la Cámara de Diputados  está encaminada la sanción definitiva de los dos primeros proyectos de ley de la gestión de Javier Milei y se espera una definición para la medianoche. Habrá dos votaciones: primero se votará el proyecto de la Ley Bases, para el que se espera el apoyo de una mayoría holgada -se estiman alrededor de 140 votos- y, acto seguido, los diputados definirán la suerte del paquete de reformas fiscales, el cual incluye la reversión del impuesto a las Ganancias. El paquete fiscal se fraccionará en cuatro votaciones.

En la Ley Bases se incluyen cambios de todo tipo: la delegación de cuatro facultades al Poder Ejecutivo, una amplia desregulación administrativa, una modernización laboral, cambios contractuales, y la promoción de inversiones con el Régimen de Incentivos para las Grandes Inversiones (RIGI). En el paquete fiscal se tratarán la reducción de un 2% del gasto tributario; el impuesto a las Ganancias; la reformulación de Bienes Personales; y el resto de las modificaciones del Senado donde también hay una reforma de las escalas del monotributo.

Cómo impactarán a corto y mediano plazo las reformas

La materialización de la Ley Bases y el paquete fiscal provocará una reducción en las obras y servicios del Estado; una transformación de los vínculos laborales, y cambios para los monotributistas y para quienes tributen Ganancias y Bienes Personales. 

Además, ciertas modificaciones se sentirán en la población en general, fundamentalmente aquellas previstas bajo el paraguas de la declaración de emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por un año. Esta definición le otorgará al Presidente facultades especiales para, entre otras cosas, reestructurar la gestión del Estado y sus organismos. Se espera, por ejemplo, una reducción en la obra pública y en los servicios que provee la administración de gobierno.

La intención de barrer trabas burocráticas

Se propone un cambio en el vínculo entre los ciudadanos y la administración pública. Según se indica en el proyecto, la burocracia deberá contemplar determinados derechos de las personas que acudan a ella, como a ser oído, a recibir los fundamentos de una decisión y de contar con plazos razonables de resolución de los procedimientos.

Además, bajo la etiqueta de “eficiencia burocrática”, la administración pública ya no podrá solicitar a las personas documentos o informes que ésta misma elaboró. Por ejemplo, si se quiere tramitar el Certificado Único de Discapacidad (CUD) no será innecesario que se entregue una copia del Documento Nacional de Indentidad (DNI).

Si la administración pública no responde ante una solicitud concreta de un ciudadano, se aplicará el denominado “silencio administrativo”, por el que se concede lo solicitado tras haberse cumplido el plazo de respuesta estipulado. Es decir, si una persona pide la habilitación de una licencia para desarrollar determinada actividad y el Estado no responde, este “silencio” se interpretará como positivo y el interesado podrá exigir dicha autorización. Es importante mencionar que esta definición no será aplicada en materia de salud pública, medio ambiente, prestación de servicios públicos o derechos sobre bienes de dominio público.

¿Será más fácil despedir a empleados públicos?

Todas las personas que estén empleadas en los organismos del Estado que podrán ser reestructurados quedarán sujetos a disponibilidad por un período máximo de un año. Durante este plazo, deberán recibir la capacitación que se les imparta o desarrollar tareas en servicios tercerizados del Estado.

Si después de un año no son readecuados como empleados en algún otro lugar de la administración pública, quedarán desvinculados de su trabajo en el Estado. Recibirán una indemnización igual a un mes de sueldo -la mejor remuneración mensual- por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses de trabajo.

No podrán ser afectados, no obstante, quienes sean delegados sindicales con mandato vigente. Tampoco quienes se encuentren de licencia por enfermedad o accidente, por embarazo y por matrimonio. Sin embargo, vencido su período de licencia podrán ser puestos en situación de disponibilidad.

En tanto, los empleados estatales que reúnan los requisitos para jubilarse podrán ser intimados a iniciar los trámites previsionales.

Además, se estipula que, durante el horario laboral, no se podrán llevar adelante tareas vinculadas a campañas electorales y/o partidarias.

Cuando se listan las causas de cesantía de los empleados públicos, se detalla de manera taxativa que por el ejercicio a huelga no habrá ningún tipo de sanción administrativa, aunque si habrá un descuento en la remuneración que será proporcional al tiempo no trabajado.

¿Cómo cambian los derechos laborales y qué pasará con los sindicalistas que bloqueen una empresa?
 

- Período de prueba. Los empleados que ingresen a un nuevo trabajo pueden estar seis meses en un período de prueba, que implicará que si se termina en ese plazo el vínculo laboral no es necesario para el empleador pagar una indemnización. En las empresas de entre seis y cien trabajadores este período se puede ampliar hasta ocho meses. En tanto, en las Pymes de hasta cinco empleados, este intervalo puede estirarse hasta un año.

- Justa causa. Si un empleado participa de manera activa en un bloqueo o en una toma de establecimiento de la empresa en la que trabaja, este accionar será considerado como una grave injuria laboral y podrá ser despedido por una “justa causa”.

- Fondo de cese laboral (al estilo Uocra). Es un mecanismo que sirve como alternativa a las indemnizaciones y que podrá elegirse -o no- a través de una negociación mediante convenio colectivo de trabajo. Es decir, previo acuerdo entre los empresarios y los trabajadores del sector. Este fondo se constituirá a partir de un aporte mensual, que no podrá superar el 8% del salario, y que correrá únicamente por cuenta del empleador.

- Discriminación. Si tras una sentencia judicial se prueba que una persona fue despedida por un acto discriminatorio, le corresponderá una indemnización agravada de un 50% más. Puede llegar a incrementarse un 100% si los jueces lo consideran pertinente.

- Trabajadores independientes. El trabajador independiente -monotributista- podrá contar con hasta otros tres trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo.

- Simplificación registral. Se crea un régimen simplificado de registración laboral con un aporte único para las empresas de hasta 12 empleados.

¿Quién tendrá que pagar el Impuesto a las Ganancias a partir de ahora?

Las personas que pasarán a pagar este impuesto serán quienes registren ingresos por $1,8 millones brutos para solteros y $2.340.000 para casados con 2 hijos. La actualización de las escalas se hará por inflación a partir de septiembre y cada seis meses desde el próximo año.

Se contempla la posibilidad de deducir del pago de este impuesto el alquileres u honorarios por servicios médicos.

¿Cuál es el impacto para los monotributistas?

Los pequeños contribuyentes verán desde julio un aumento de las escalas y los montos de facturación, que ascenderán hasta un un 400%, dependiendo de la categoría. Lo mismo ocurrirá con las cuotas a pagar, que se incrementarán en la misma medida. Estos montos se actualizarán cada seis meses en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC) que registra el Indec.

Con estos cambios, la categoría más baja (A) podrá facturar hasta $6.450.000 anuales -actualmente era de $2,1 millones-, y el monto máximo de facturación para la categoría más alta (K) será de $68 millones.

Los monotributistas que este año, por la falta de actualización de las escalas de facturación, quedaron por fuera de este régimen, van a poder adherirse nuevamente por única vez, sin esperar los tres años que exige la Ley del Monotributo.

Además, no se eliminará el monotributo social, destinado a los trabajadores informales de mayor vulnerabilidad. A diferencia del monotributo común, el monotributo social tiene un subsidio estatal del 100% del componente impositivo y previsional, y el 50% de la obra social. Por lo tanto, quienes se adhieran a este esquema pagan únicamente el 50% restante de lo que corresponde a la obra social.

¿Por qué baja el universo de contribuyentes del Impuesto a los Bienes Personales?

Por un aumento del mínimo no imponible, menos personas pagarán este impuesto. Actualmente, quienes tienen un patrimonio valuado en $27 millones están gravados por este tributo, pero a partir de la sanción del paquete impositivo solo serán alcanzadas las personas que registren bienes por $100 millones o más.

Pero no solo se modificó la base desde donde alguien comienza a pagar este impuesto, sino que además hubo una reducción de las alícuotas a un rango que va del 0,5% a 1,5% (hoy es del 1,75%). Quienes tengan una vivienda valuada en hasta $350 millones no pagarán por ella. En tanto, para las personas que registren activos en el exterior, la alícuota será la misma que para los bienes registrados en el país.

La reforma incluye un régimen especial que permitirá a los contribuyentes la posibilidad de pagar por anticipado el tributo de cinco ejercicios fiscales a tasa preferencial (0,45%) y congelando su patrimonio. Además, promete “estabilidad fiscal” hasta 2038. Para los contribuyentes cumplidores, en tanto, prevé un beneficio impositivo.

¿Qué obras públicas quedan a salvo de la motosierra de Milei?

La infraestructura financiada por el Estado que supere los $10.000 millones se cortará, salvo aquellas que tengan un grado de avance de un 80% de ejecución, o que cuenten con financiamiento internacional. Esto involucra a rutas, puentes, caminos, cloacas, parques, hospitales, escuelas, viviendas e iluminación de sitios públicos.

¿Cómo se buscará fomentar el empleo privado?

Se creará un régimen de promoción del empleo registrado y se eliminan las multas o infracciones para quienes no hayan regularizado debidamente a su personal. Este esquema será válido por los próximos tres meses a partir de la entrada en vigencia de la Ley Bases.

¿A qué sectores aplica el nuevo régimen de incentivo a las inversiones?

Las compañías que se desempeñen en las áreas vinculadas a la foresto industria, la infraestructura, la minería, la energía, la tecnología, el turismo, la siderurgia, el petróleo y el gas podrán inscribirse en el RIGI. Para ello, tendrán que invertir un monto mínimo de u$s200 M.

Estos empresarios -o grupo empresarial- podrán recaudar el 20% del cobro de exportaciones luego de dos años de iniciada la inversión; el 40% después de tres años; y el 100% a partir de los cuatro años. Su ganancia neta tributará un 7%, pero después de 7 años de adhesión al régimen pasarán a pagar 3,5%.

Habrá un fomento para aquellos pequeños productores de las provincias que adhieran al RIGI. Las grandes compañías que se inscriban en el régimen deberán emplear a personas del lugar y contratar, como mínimo, un 20% de la totalidad del monto de inversión a proveedores locales.

¿Cómo impacta el cambio respecto de la industria del tabaco?

Las personas fumadoras verán un incremento en el precio de los cigarrillos. Si bien se eliminó el componente fijo del impuesto a este producto, se elevó la alícuota variable del 70 al 73%. El detalle de este aumento todavía no está definido dado que el texto de la norma establece que surgirá después de un relevamiento de precios de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip).

¿Quiénes pueden aplicar al blanqueo y a quiénes se excluye?

Las personas que tengan bienes o activos sin regularizar -por fuera del ojo del Estado-, podrán adherir al blanqueo que comenzará a regir desde la aprobación de la ley hasta el 30 de abril de 2025, con la posibilidad de prorrogarlo hasta el 31 de julio de 2025.

Para quienes quieran regularizar montos que no superen los US$100.000 podrán hacerlo sin pagar impuestos, en tanto y en cuanto ingresen el dinero en el sistema financiero argentino y no lo retiren hasta el 31 de diciembre de 2025, o bien lo destinen a cierto tipo de inversiones.

En tanto, si se quiere blanquear un monto superior a los US$ 100.000, se aplicará una alícuota del 5% en la primera etapa (hasta el 30 de septiembre de 2024), de un 10% en la segunda (desde octubre a diciembre de 2024) y de un 15% en la tercera (de enero a marzo de 2025).

Las personas que se inscriban en este blanqueo tendrán un incremento del 20% de la alícuota del impuesto a los Bienes Personales. Es decir, para ellos, la tasa de este tributo pasaría del 0,5% al 0,6%. No podrán inscribirse en blanqueos similares futuros hasta el 31 de diciembre de 2038.

No podrán adherir a este régimen de regularización los funcionarios públicos de los últimos diez años, así como a sus hermanos, cónyuges, convivientes, padres e hijos.

¿Qué potestad tendrá finalmente Milei para restructurar los polémicos fondos fiduciarios?

Son recursos que el Estado destina a una entidad -pública o privada- para financiar determinados proyectos. La delegación de facultades le otorga a Milei la potestad para desarticularlos, algo que ya adelantó que tiene previsto concretar. Si bien se exceptúa de esta posible eliminación a aquel fideicomiso que subsidia el gas en la Patagonia, hay otra veintena que es muy probable que dejen de existir.

Uno de ellos es el Fondo Nacional del Manejo del Fuego, destinado a financiar el combate de incendios. Este posible recorte lo sentirán las provincias como Córdoba, Corrientes, Chubut o Río Negro, donde los incendios forestales son usuales con las altas temperaturas. Lo mismo si se elimina el Fondo Nacional para la Conservación de los Bosques Nativos.

En tanto, otro de estos fondos tiene previsto financiar la infraestructura del transporte, especialmente obras viales y ferroviarias. Su desaparición implicará, de no mediar financiamiento privado, menos inversión en trenes y rutas.

Por la probable desaparición de otros fideicomisos con un objetivo de integración social es esperable una merma en los proyectos que contemplan la construcción y mejora de viviendas sociales, y la urbanización de barrios populares. Para los dueños de Pymes, por su parte, habrá menos acceso al financiamiento.

CONTENIDO EXCLUSIVO PARA SUSCRIPTORES.

Si querés ser protagonista de los Negocios necesitás información.
Si estás acá es porque necesitás esta información.

SUSCRIBITE

Por asesoramiento personalizado o consulta de Planes Corporativos escribinos a suscripcion@puntobiz.com.ar. Whatsapp al 3415034363.

Más info

Lo que tenés que saber de Política

Las más leidas

Además

La sesión de tu cuenta se cerro por exceso de usuarios.

¿Querés recibir notificaciones de alertas?