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Agro

Fuente: punto biz

Decisión de Cámara Arbitral

Caerán más denuncias contra Vicentín por un cambio de la letra chica

Por Redacción

La entidad bursátil aligeró en su última reunión los requisitos para efectuar reclamos por pagos incumplidos.

La Cámara Arbitral de Cereales de Rosario acordó un cambio de sus procedimientos que en la práctica facilitará la presentación de nuevas denuncias contra Vicentin por incumplimiento en el pago de contratos.

En una reunión celebrada el viernes pasado, integrantes de la entidad habilitaron que las demandas sean admitidas aunque la operación no haya sido facturada. Sólo se requiere una constancia mediante recibo para certificar el envío de la mercadería. Tal es la fórmula más habitual que se instrumenta en estas transacciones: los productores dan la orden de venta y despachan los granos pero la facturación se realiza más adelante. 

Hasta ahora la entidad arbitral requería presentación de facturas, pero de aquí en más esa exigencia se obviará. “Esto seguramente generará un aumento en el número de denuncias, todos los días ingresan nuevas", dijo a Punto biz un referente del sector. Y agregó: "Es lógico que muchos no hayan facturado, para que van a facturar si encima que no les entra el pago se tienen que hacer cargo del IVA, no tiene sentido". 

La decisión se tomó a pedido de grandes corredores, quienes habían entregado muchísima mercadería a Vicentin pero todavía no la habían facturado, motivo por el cual no podían meter su expediente ante la Cámara Arbitral. Por eso las denuncias ingresadas en la entidad sólo se correspondían con transacciones de la última semana previo al default de la cerealista. De aquí en adelante, bastará con presentar el recibo que indique la entrega de los granos para iniciar el trámite.

Hasta la semana pasada eran 36 las demandas presentadas contra la empresa, la primera de las cuales tuvo un contundente fallo a favor del acopio de la corredora LBO, que reclamaba el pago de 16 contratos por un valor total de $18 M.

Vale recordar que si bien un fallo de la Cámara Arbitral no tiene efectos resarcitorios en lo económico para el demandante, en el caso del demandado, si no cumple el laudo puede ser suspendido e inhabilitado para operar por la Bolsa de Comercio de Rosario, una marca que le baja la categoría al incumplidor.

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