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Política

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Sergio Uñac no podrá ser candidato a gobernador en San Juan

Sergio Uñac no podrá ser candidato a gobernador en San Juan

Por Redacción

Lo definió la Corte Suprema. No votó Ricardo Lorenzetti porque no había intervenido en la cautelar suspendió las elecciones. 

Con el voto de los ministros Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda, y el voto concurrente de Carlos Rosenkrantz, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso que Sergio Uñac está inhabilitado para ser candidato a gobernador de la provincia de San Juan. El ministro Ricardo Lorenzetti no votó porque no había intervenido en la causa.

El Máximo Tribunal estableció además un criterio amplio en materia de prohibición de reelecciones. Dijo que la Constitución Nacional establece una pauta republicana que las impide aunque no haya una prohibición expresa en las constituciones provinciales, lo que podría aplicarse a muchos casos, incluyendo gobernadores e intendentes.

En el caso de San Juan hubo voto conjunto de Rosatti y Maqueda y concurrencia de Rosenkrantz. Es decir, hubo mayoría en la parte dispositiva, pero no en los fundamentos. Igualmente hay una coincidencia de los cuatro ministros sobre la prohibición de reelecciones, aunque puede haber diferencias en cuanto a la extensión de las mismas.

Los argumentos

Según escribieron los jueces Maqueda y Rosatti en la parte final de su voto, los cortesanos decidieron “hacer lugar a la demanda y declarar que el señor Sergio Uñac se encuentra inhabilitado por el artículo 175 de la Constitución provincial para ser candidato a gobernador para el nuevo período que comienza el 10 de diciembre de 2023″.

Rosenkrantz, por su parte, coincide y agrega que "de acuerdo con la interpretación del Tribunal Electoral de la Provincia de San Juan, el artículo 175 habilitaría que un mismo funcionario pudiera encadenar hasta tres mandatos consecutivos como gobernador o vicegobernador y luego otros tres en el otro cargo, sin límite alguno en esta posibilidad de ocupar alternativamente uno y otro cargo” y que eso “supone la habilitación para una reelección potencialmente indefinida pues siempre podría ser reelecto para el cargo que no posee lo que, como se dijo, colisiona con la forma republicana de gobierno, según la establece la Constitución Nacional”.

 

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