Política

Acuerdo mediante

Dejaron afuera a funcionarios y destrabaron Inocencia Fiscal II

Por Redacción

El oficialismo sumó firmas aliadas en Diputados y dejó el proyecto en condiciones de ser tratado en la sesión del 26 de agosto.

El oficialismo consiguió dictamen favorable en la Cámara de Diputados para ampliar el régimen de Inocencia Fiscal II, después de incorporar una restricción que dejó a los funcionarios públicos fuera de los principales beneficios previstos por el proyecto. El cambio permitió reunir las firmas de bloques aliados y dejó la iniciativa en condiciones de llegar al recinto el 26 de agosto.

El plenario fue encabezado por Alberto “Bertie” Benegas Lynch, presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, y Laura Rodríguez Machado, titular de Legislación Penal. El despacho modifica la Ley N° 27.799, la Ley de Procedimiento Tributario N° 11.683 y la Ley del Registro del Trabajo Rural N° 25.191, y será tratado junto con la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central.

Quiénes quedaron afuera

La modificación incorporó un artículo 38 bis que estableció quiénes no podrán acceder a los beneficios del régimen. La prohibición alcanzará a funcionarios con jerarquía no inferior a secretario de Estado de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

También quedaron comprendidos legisladores nacionales y provinciales, integrantes de la Legislatura porteña, concejales, parlamentarios del Mercosur, magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público, defensores del Pueblo y sus adjuntos, miembros del Consejo de la Magistratura e integrantes de jurados de enjuiciamiento.

La restricción abarcará tanto a quienes ocupen esos cargos como a quienes los hayan ejercido durante los cinco años anteriores a la adhesión al régimen.

Otro artículo precisó que esas personas podrán utilizar el sistema simplificado exclusivamente para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias y cancelar el saldo correspondiente. No tendrán acceso a la presunción de exactitud, la liberación de fiscalizaciones ni al resto de los beneficios tributarios incluidos en el esquema.

Menos multas para MiPyMEs

El dictamen también incorporó cambios orientados a reducir costos para el sector productivo. Entre ellos figura una rebaja permanente del 25% en las multas formales establecidas en los artículos 38 y 39 de la Ley de Procedimiento Tributario para MiPyMEs, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro.

La reducción operará automáticamente y no requerirá un trámite adicional. A su vez, se mantuvo una quita del 50% para infracciones formales anteriores que todavía no estén firmes ni hayan sido canceladas, siempre que el contribuyente subsane el incumplimiento y se allane.

Cuándo podrá intervenir Arca

El texto también fijó parámetros para determinar cuándo una diferencia detectada durante una fiscalización podrá considerarse suficientemente relevante como para rechazar una declaración simplificada.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) podrá hacerlo cuando la fiscalización determine un incremento del impuesto —o una reducción de quebrantos— igual o superior al 15%, o cuando la diferencia supere el monto establecido en el artículo 1° del Régimen Penal Tributario.

En cambio, las diferencias inferiores al 5% de ese límite quedarán expresamente fuera de esa categoría.

El régimen amplía la puerta de entrada

Otro de los cambios relevantes fue la eliminación de los límites patrimoniales y de ingresos que condicionaban el acceso al régimen. La versión anterior contemplaba un techo de ingresos anuales de $1.000 M y un patrimonio inferior a $10.000 M.

Con la modificación, esos requisitos desaparecerán y el esquema quedará abierto a las personas humanas sin esos topes. Los Grandes Contribuyentes Nacionales, sin embargo, no accederán a las presunciones, efectos liberatorios ni otros beneficios contemplados por la normativa.

La próxima parada será el recinto

Las negociaciones para alcanzar el dictamen estuvieron coordinadas desde la órbita del presidente de la Cámara baja, Martín Menem. Con las modificaciones acordadas, el oficialismo consiguió destrabar el respaldo de sus aliados y dejó el proyecto listo para su discusión.

La iniciativa está prevista para la sesión del 26 de agosto. Aun si obtiene media sanción, los tiempos legislativos hacen improbable que complete su recorrido antes del 27 de agosto, fecha límite prevista para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias de personas humanas. Si Diputados la aprueba, deberá continuar su tratamiento en el Senado.

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