Por Redacción
La Cámara Nacional Electoral prevé una serie de pasos para quien se vea imposibilitado de sufragar.
Sabido es que quien no emita su voto en las próximas legislativas deberá abonar una multa si es que no quiere aparecer en el Registro de Infractores o tener inconvenientes a la hora de tramitar pasaporte o registro de conducir, entre otras consecuencias.
No obstante, la Ley prevé una serie de casos en los que la persona puede abstenerse de emitir su voto, a saber:
-Los jueces y sus auxiliares que por disposición del Código Electoral deben asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.
-Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros de distancia del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamientos obedece a motivos razonables, debiendo presentarse en el día de la elección a la autoridad policial más cercana, la que extenderá una certificación escrita.
-Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Los certificados deberán ser emitidos por los médicos del servicio de sanidad nacional y en su defecto, por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en defecto de estos por médicos particulares.
-El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio.
Como se desprende del portal oficial de la Cámara Nacional Electoral, el elector que no haya emitido su voto por algunas de dichas causales deberá asistir a la secretaría electoral correspondiente al distrito de su domicilio para justificar su abstención, con la documentación que acredite el motivo de la falta.
Asimismo, cabe aclarar, que el hecho de no haber votado en las Primarias no le impide sufragar en las Generales, siempre que medie la justificación de no haber votado en la primera elección.
Por último, y como recuperó el portal de noticias Perfil, desde la CNE informaron que el valor de la multa en caso de no votar en las PASO es de $50, mientras que para las Generales, la suma asciende a $100. Cabe tomar en cuenta que estos montos son acumulativos, por lo que, ante una tercera infracción se tendrá que abonar $200, $400 para la cuarta y $500 desde la quinta en adelante. El dinero recaudado se destina al Fondo Partidario Permanente, administrado por el Ministerio del Interior, se remarcó en el matutino porteño.
Entre las consecuencias previstas para quienes no salden la multa correspondiente aparecen la posibilidad de tener inconvenientes a la hora de tramitar créditos, pasaporte o registro de conducir.
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