Por Redacción
Desde diciembre, los saldos a favor generados en Caba se van a poder utilizar en Santa Fe, y viceversa.
Los contribuyentes santafesinos podrán recuperar los saldos a favor del impuesto a los Ingresos Brutos generados en la Ciudad de Buenos Aires, tras un convenio firmado entre la Administración Provincial de Impuestos (API) y la Agip.
Mediante este acuerdo, las partes se comprometieron a implementar un procedimiento para la imputación recíproca de los saldos a favor del impuesto sobre los Ingresos Brutos declarados por un contribuyente y autorizados en una jurisdicción, con las obligaciones tributarias derivadas de dicho tributo en la otra.
De este modo, un contribuyente que tenga un saldo a favor reconocido en una de las dos jurisdicciones, podrá utilizarlo para pagar deudas del mismo impuesto en la otra.
Sobre el punto, el ministro de Economía, Pablo Olivares, señaló que “este año dimos respuesta a un reclamo histórico con la devolución de saldos a favor dentro de la provincia. Ahora, mediante este acuerdo, ampliamos ese beneficio para los saldos generados en Caba, manteniendo la misma modalidad digital”.
El mecanismo al que aludió el funcionario provincial habilita a que, de manera sencilla y online, los santafesinos puedan solicitar la devolución. Su puesta en marcha permitió devolver a través de la API más de $2.250 M a más de 2.000 personas o empresas. Y es el mismo que ahora se instrumentará de manera coordinada con Caba.
El convenio fue suscripto por Germán Krivocapich, Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, y Daniela Bosco, Administradora Provincial de Impuestos de la Provincia de Santa Fe, en sede de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, en Caba.
Estuvieron presentes el subsecretario de Ingresos Públicos de Santa Fe, Florencio Galíndez; Gerardo Rico, presidente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Santa Fe; Soledad Amione, subdirectora de Relaciones Institucionales y Cultura Tributaria de Agip; Cecilia Priego, subdirectora General de Relaciones Institucionales y Comunicación; y Dionisio Mulone, del área de Relaciones Institucionales de esa entidad.
Tras la firma del acuerdo, Florencio Galíndez, destacó que “este es un paso importante para aliviar la carga de quienes producen y trabajan, y marca un camino para que otras jurisdicciones puedan sumarse”.
De qué se trata
El nuevo procedimiento estará destinado a los contribuyentes del Régimen de Convenio Multilateral que desarrollen actividades en forma conjunta en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Provincia de Santa Fe.
De esta manera, los saldos a favor generados y autorizados en una jurisdicción podrán imputarse al pago de obligaciones del mismo impuesto en la otra, lo que constituye un avance en la cooperación tributaria interjurisdiccional y una respuesta concreta a un reclamo histórico de los sectores productivos. Es el primer acuerdo de este tipo en el país, y se hará efectivo a partir del 1 de diciembre.
Según pone de resalto la información oficial, en muchas ocasiones, por retenciones o percepciones aplicadas en distintos momentos, o por variaciones en la actividad económica, una persona o empresa puede terminar pagando de más el impuesto sobre los Ingresos Brutos. Ese exceso se denomina saldo a favor y pertenece al contribuyente.
Para revertir esa situación y que la persona o empresa recupere su saldo a favor, el Gobierno Provincial estableció hace un tiempo un mecanismo que permite la devolución de esos montos.
Si bien la medida se aplicaba en la provincia de Santa Fe, cuando ese saldo se generaba en CABA, hasta ahora era difícil o no existía un procedimiento claro para recuperarlo para un contribuyente santafesino.
Casos
Un contribuyente puede tener saldo a favor cuando por los siguientes motivos, entre otros:
* Se le retuvo o cobró más impuesto del que correspondía.
* Tuvo menos actividad económica que la prevista.
* Trabaja o factura en distintas provincias y se produce un exceso de recaudación.
En todos los casos, se trata de dinero propio del contribuyente que ahora puede ser recuperado, tanto en Santa Fe, como si tributa en CABA (en este último caso a partir del 1 de diciembre).
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