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Economía

El paso a paso

Cómo pedir la devolución del 35% por la compra de dólares

Por Redacción

Se habilitó el servicio web por el cual el contribuyente puede solicitar el reintegro. 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) habilitó el servicio por el cual se podrá tramitar las solicitudes para el reintegro del 35% de adelanto de Ganancias por la compra de dólares para ahorro y los gastos con tarjeta de crédito y débito realizados entre enero y diciembre de 2021. 

Este es el segundo año en el que la AFIP devuelve una de las cargas tributarias que encarecen la compra de dólares para atesoramiento o los gastos en el exterior, incluidos los servicios de streaming como Netflix. La otra carga tributaria sobre el dólar, el impuesto PAIS (30%) no es reintegrable y está vigente por los próximos 3 años.

¿Cómo pedir el reintegro de las percepciones? 

Completar las percepciones en el formulario 572web, por el que se realizan de manera habitual las deducciones al tributo como cargas de familia, alquileres o intereses de créditos hipotecarios, servicio médico, entre otros. Para eso, se deberá ingresar al SiRAIG/Trabajador por la página de AFIP con su número de CUIL y clave fiscal, posicionarse en la declaración jurada 202, ir al apartado “Otras retenciones, percepciones, pago a cuenta” y clickear sobre la opción Pago a Cuenta - Resolución General (AFIP) 4815/2020. Allí se desplegará un menú de los gastos si fueron por servicios, compra de bienes o de dólares para atesoramiento.

El sistema tiene una precarga de los datos. El contribuyente puede aceptarlos o cargar manualmente aquellos que no estén y que haya controlado en sus resúmenes bancarios. Una vez completado el paso, debe generar una DDJJ y enviar el formulario (on line) al empleador.

¿Hasta cuándo tiene tiempo el trabajador? 

El trabajador tiene hasta el 31 de marzo para informar esas percepciones y otras deducciones por 2021. El reintegro del 35% llegará con los salarios de abril (habitualmente se cobran en los primeros días de mayo).

Para el caso de los autónomos o un monotributista alcanzado por Bienes Personales podrán cargar los montos retenidos por compras y gastos en dólares en la declaración jurada anual, que presentarán en junio de 2022.

Antes de solicitar la devolución, un trabajador en relación de dependencia o un independiente que no esté alcanzado o no esté inscripto en el Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales debe: contar con CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior, informar ante la AFIP la CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada, poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico, e ir al servicio Devolución de Percepciones AFIP.

¿Cómo consultar las percepciones del 35% por dólar ahorro de 2021?

Todo contribuyente puede consultar las percepciones del 35% de adelanto de Ganancias por los gastos en dólares durante 2021 en el servicio de AFIP “Mis Retenciones”: se accede con CUIT/CUIL y clave fiscal, allí debe buscarse el código del impuesto (217 o 219) y realizar la búsqueda por fechas (día, mes y año). El sistema devolverá un listado con el tipo, número de comprobante y descripción de la operación.

¿Cómo gestionar la solicitud de devolución RG 4815?

Para los alcanzados por Ganancias, debe hacerse a través del SIRADIG/Trabajador de AFIP. Para aquellos no alcanzados por Ganancias ni Bienes Personales deben gestionarlo mediante el servicio on line Devolución de Percepciones AFIP.

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