Por Redacción
Se actualizan los criterios para determinar el grado de daño físico y psíquico de los trabajadores tras un accidente.
El gobierno nacional oficializó una modificación en el sistema de riesgos del trabajo, con la aprobación de una nueva Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales. La medida, que entrará en vigencia en febrero de 2026, actualizará los criterios que se utilizan para determinar el grado de daño físico y psíquico de los trabajadores tras un accidente laboral o una enfermedad profesional.
El Decreto 549/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, fue firmado por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello. Sustituye el Anexo I del Decreto 659/1996, vigente desde hace casi tres décadas.
La nueva normativa se aplicará a toda valoración de incapacidad que no haya sido dictada antes de su entrada en vigor. Según los considerandos del texto, el objetivo es establecer un "criterio uniforme y racional" que permita cuantificar de manera objetiva las secuelas permanentes derivadas de accidentes o enfermedades vinculadas al ámbito laboral.
La elaboración de la nueva tabla contó con el aval unánime del Comité Consultivo Permanente de la Ley sobre Riesgos del Trabajo. A su vez, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) podrá emitir normas complementarias para su implementación, y se invita a las provincias a integrar Cuerpos Médicos Forenses con criterios unificados en todo el país.
Qué cambia
Entre las principales novedades, el decreto establece una metodología detallada para valorar el daño, teniendo en cuenta variables como el tipo de actividad, la edad del trabajador y la posibilidad de reubicación laboral. A cada lesión o patología se le asignará un porcentaje específico de incapacidad, lo que permitirá reducir la discrecionalidad en los peritajes.
El anexo técnico incluye un extenso listado de órganos y sistemas del cuerpo humano (desde el aparato digestivo hasta el sistema nervioso y la psiquiatría), con pautas precisas de análisis. Además, se definieron tres niveles de gravedad según el impacto en la actividad cotidiana: leve (5%), intermedio (10%) y alto (20%).
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