Por Redacción
Nación había impuesto por decreto el tributo a embajadores sobre el plus en dólares que perciben, pero un fallo judicial los amparó.
Tras un fallo judicial, quedó sin efecto el decreto 652/24, firmado por Javier Milei y Luis Caputo, que extendía el Impuesto a las Ganancias al plus en dólares que cobran embajadores y funcionarios por su trabajo en el exterior.
Según distintos referentes del cuerpo diplomático, la aplicación del impuesto era inconstitucional y dejaba a los diplomáticos en el exterior sin posibilidades de afrontar gastos corrientes, como alimentación, alquiler, medicina prepaga o el pago del colegio para sus hijos en caso de tenerlos. Argumentaban que ya pagan Ganancias por sus sueldos en pesos, y recalcaban que el adicional está basado en un índice de Naciones Unidas. Muchos de ellos pensaron, de extenderse el recorte del 25 por ciento sobre el adicional, en pedir el regreso al país.
El juez federal de primera instancia Martín Cormick, declaró en su fallo, la semana pasada, la “nulidad” de los artículos del decreto que establecían el descuento, que tuvo vigencia plena por tres meses, hasta que comenzó a efectivizarse una medida cautelar impuesta por el mismo juez a pedido de los demandantes. Cormick ordenó además al Poder Ejecutivo que “proceda a reintegrar a la totalidad del personal que se encuentra alcanzado por este colectivo las retenciones efectuadas en concepto de impuesto a las ganancias sobre el adicional ‘costo de vida’ desde que cada suma fue retenida con más los intereses” acumulados en esos meses.
En el Gobierno, que durante el proceso judicial desconoció la potestad de Apsen y ATE para efectuar el reclamo y batalló duramente para que el impuesto se aplicara, dejaron trascender que en los próximos días apelarán la decisión judicial a través de Arca.
Satisfechos por el fallo, que contó con la asesoría legal del abogado constitucionalista Ricardo Gil Lavedra y el tributarista Alberto Tarsitano, desde Apsen precisaron a este diario que “esa decisión del Poder Ejecutivo era ilegítima y arbitraria por no poseer sustento jurídico en la ley del impuesto a las ganancias que reglamenta”. También, que el recorte “vulneraba los derechos establecidos en el artículo 19 y en los incisos a) y e) del artículo 22 de la ley 20.957 (“Régimen del Servicio Exterior de la Nación”), en cuanto violaba el “estado diplomático” establecido por la norma federal.
“Se trata de un salario no lineal, pero absolutamente legal. Los diplomáticos ganamos mucho, pero también gastamos mucho fuera del país”, afirmó a La Nación el exembajador ante las Naciones Unidas Ricardo Lagorio, uno de los alcanzados por el recorte y firmante de una carta a Mondino en la que intentaron, sin éxito, que reviera la decisión.
“Medidas como la que establece esta nueva normativa repercuten de manera significativa en el normal funcionamiento del servicio, dificultando la cobertura de vacantes en las representaciones en el exterior”, decía la carta a Mondino, firmada en aquel momento por figuras como el excanciller Jorge Faurie, hoy embajador en Chile; Conrado Solari Yrigoyen (exembajador en Dinamarca), Marcelo Suárez Salvia (actual embajador en China), Rafael Grossi (titular de la Organización de Energía Atómica y hoy candidato del Gobierno a secretario general de la ONU), Martín García Moritán (entonces embajador en Uruguay), el expresidente del Consejo de Derechos Humanos de la ONU Federico Villegas y el exembajador argentino en Rusia durante el gobierno de Alberto Fernández, Eduardo Zuaín.
La decisión judicial impacta de lleno en los 550 diplomáticos, 150 adscriptos al servicio exterior, 60 agregados militares y otros funcionarios que realizan funciones en el exterior. Con la probable apelación del Gobierno, la pulseada promete nuevos capítulos
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