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Política

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La reforma que quedó boyando: los cambios que planteó la oposición

La reforma que quedó boyando: los cambios que planteó la oposición

Por Redacción

El término de los contratos y el ajuste anual son el corazón de la ley y los puntos con más críticas. Allí puso el foco la bancada opositora. 

Hace casi tres años ya que la Ley de Alquileres entró en vigencia, pero a los pocos meses sus efectos no deseados hicieron que diversos sectores comenzaran a plantear cambios y fue uno de los lemas de campaña de la oposición en las últimas elecciones legislativas.

En su momento, la norma tuvo amplio consenso: fue aprobada por la Cámara de Diputados en noviembre de 2019, durante el Gobierno de Mauricio Macri, pero terminó siendo sancionada por el Senado en junio de 2020, durante la gestión de Alberto Fernández.

Su sanción introdujo dos cambios clave, que generaron incertidumbre entre propietarios e inquilinos: extender la duración de los contratos de dos a tres años y una sola actualización anual del valor mensual del alquiler de acuerdo a un índice que combina la evolución de los salarios y la inflación. Con su aprobación, según datos del mercado, se produjo una suba por encima de la inflación para los nuevos contratos, con dueños que buscaban cubrirse de sus efectos negativos y de la baja rentabilidad (los alquileres se pagan en pesos y las propiedades en dólares) e inquilinos que hacían malabares para pagar. 

El término de los contratos y el ajuste anual son el corazón de la ley y los puntos que más críticas generaron dentro del sector inmobiliario. Los cambios que planteó la oposición van en ese sentido, aunque comparte un ítem con el proyecto oficialista: los beneficios fiscales para los propietarios que alquilan sus inmuebles para mejorar la oferta.  

Los puntos principales 

- Retrotraer a dos años el plazo de los contratos y que la actualización de los valores de los alquileres se realice por acuerdo de las partes sin topes. En los contratos, el precio del alquiler debe fijarse como valor único y por periodos mensuales. Podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes, por intervalos de entre 3 y 12 meses.

- Las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Índice de Precios Mayoristas (IPM) y/o el Índice de Salarios (IS) elaborados por el Indec o una combinación de dichos índices. 

- Beneficios para los monotributistas y eximición del pago de Bienes Personales para propietarios que tengan viviendas de hasta $30 M, puntos coincidentes con el proyecto oficialista. 

-  Exenciones para el Impuesto a los débitos y créditos bancarios en caja de ahorro o cuentas corrientes bancarias utilizadas en forma exclusiva para las operaciones a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación.

- Los contratos de locación de inmuebles deben ser declarados por el locador ante la Afip dentro del plazo, en la forma y con los alcances que dicho organismo disponga.

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