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Política

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La letra chica de la reforma constitucional: qué, cómo, cuándo, dónde y quiénes

Álvaro Maté

Dietas, fueros, requisitos, funcionamiento, plazos y polémicas. Los detalles del proceso histórico que atravesará Santa Fe.

Una reforma constitucional no es algo que suceda todos los días. De hecho, la de la Provincia de Santa Fe se hizo esperar. Mucho: pasaron 62 años desde que se redactó y certificó la última corrección de la Carta Magna provincial.

Cuenta la leyenda que en el momento en que se daban los últimos retazos, afuera de la convención se oían las botas de los militares, ya que el orden constitucional se había interrumpido en todo el país tras el derrocamiento del presidente Frondizi. “En ese momento el hombre ni siquiera había llegado a la Luna”, fue la frase que utilizó el gobernador Maximiliano Pullaro para graficar el tiempo transcurrido.

Además de suceder el hito de la Nasa de ese tiempo a esta parte, en Argentina se produjo una media docena de mega devaluaciones, el peso cambió cuatro veces su denominación para restarle ceros, hubo dos golpes de estado, la selección de fútbol ganó tres mundiales, el cine argentino obtuvo dos premios Oscar, se crearon la provincia de Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Con todo ese tiempo transcurrido a cuestas, Santa Fe se prepara para elegir a los hombres y mujeres que rubricarán un texto histórico.

Por qué se reforma

Desde que se recuperó la democracia, todas las provincias, a excepción de Mendoza y La Pampa, han reformado al menos una vez sus cartas magnas. La mayoría de estas enmiendas estuvieron motivadas por necesidades de la política. Casi todas determinaron cambios en la duración de los mandatos del Ejecutivo, estableciendo la posibilidad de un segundo mandato y, casi siempre, poniendo límite de dos como máximo. Algunas fueron en sentido contrario y habilitaron la reelección indefinida, como Formosa, gobernada por Gildo Insfrán desde 1995. Pero Santa Fe no es la excepción a la regla y Maximiliano Pullaro también buscará la redacción de un nuevo texto que le permita competir en 2027, cuando finalice su mandato.

La reforma consta de dos plazos, uno a cargo del legislativo y otro a cargo de los convencionales. El primero ya fue consumado con la sanción de la ley de necesidad de reforma (14.384). La misma tomó como referencia a las leyes de necesidad, de otras provincias y de la nacional, realizada en 1994. Pero a diferencia de los cambios nacionales, en Santa Fe estos no se harán a partir de un núcleo de coincidencias básicas. Este prevé una serie de acuerdos preestablecidos antes de la elección de constituyentes que luego son aprobados o rechazados en su totalidad por la constituyente. El mecanismo, que no fue empleado en la mayoría de las reformas provinciales, blinda a los partidos grandes que participan del pacto de un eventual resultado adverso en la votación de convencionales.

En el caso de la última reforma nacional, el famoso Pacto de Olivos selló la posibilidad de reelección del presidente, impulsada por Menem, y la inclusión del senador por la minoría y la creación del Consejo de la Magistratura y la figura del Jefe de Gabinete, propuestas por Alfonsín. En el caso de Santa Fe, la posibilidad de que se consagre la reelección, y que esta no excluya a Pullaro, dependerá del resultado en las urnas.

Qué se reforma

Pese a que no es una reforma cerrada, esta tiene sus limitaciones. La ley de reforma estipula los aspectos a modificar. Son 42 los artículos que pueden ser alterados o eliminados. Además se incluyeron temas que, debido al paso del tiempo, no fueron incluidos en la redacción previa. Estos están relacionados al derecho digital, a la ciudad (aquí podría incluirse la consagración de las autonomías municipales), al agua y a la protección del medioambiente. Si la convención, por acción u omisión, no se expide sobre alguno de los temas estipulados, seguirá rigiendo el articulado referido vigente.

Las propuestas más sobresalientes tienen que ver con la tan mentada posibilidad de reelección del gobernador, la limitación de los mandatos para senadores (algunos de los actuales acumulan hasta 6) y diputados, la religiosidad establecida por el artículo 3 para la provincia como “católica, apostólica y romana”, terminar con los fueros que impiden que los legisladores sean investigados por la justicia, fijar en 75 años la edad tope para jueces de la Corte, con posibilidad de extender por 5 más, incluir la propuesta del PRO a nivel nacional de requisitos de ficha limpia para ser candidato y establecer el equilibrio fiscal como requisito de la administración pública, entre otros asuntos.

Cuándo se reforma

La elección de los nuevos redactores coincidirá con la fecha de las elecciones de medio término a nivel provincial. El 13 de abril, junto a concejales e intendentes de algunos municipios y comunas, se votarán los constituyentes. Serán 69 en total, con una distribución similar a la de la legislatura. Habrá una lista única para toda la provincia, de 50 miembros, y una elección por cada uno de los 19 distritos. El plazo para la redacción es de 40 días, con posibilidad de prorrogarse por 20 más. La firma final debe estar antes de cumplido el año. Se da por casi seguro que el Ejecutivo convocará a sesiones en febrero de 2026.

Quiénes van a reformar

El artículo 12 de la Ley de Necesidad establece que “Los Convencionales Reformadores gozarán de todos los derechos, prerrogativas e inmunidades inherentes a los legisladores provinciales”. Esto es 22 años como mínimo, haber nacido en la provincia o cumplir dos años de residencia inmediata en el territorio. Las listas deberán establecerse acorde a la Ley de Paridad, intercalando un hombre y una mujer en la lista de 50. En el caso de los candidatos por departamentos, si el titular es varón, la suplente deberá ser una dama, y viceversa, tal como ocurre con los senadores. Además, al igual que en la lista de diputados provinciales, se deberá incluir a un candidato con residencia en cada uno de los 19 departamentos. Pese a la intención, los integrantes de departamentos pequeños a menudo terminan ocupando las últimas posiciones, muy por debajo de los legisladores de Santa Fe y Rosario. De los 50 diputados actuales, 35 son de las dos ciudades más importantes de la provincia.

No fue definido en el cuerpo de la ley si los convencionales percibirán una dieta. La idea que cobraba mayor fuerza era la de que no se abone una segunda remuneración a quienes ya son funcionarios o legisladores pero sí una a modo de compensación a aquellos que deban abandonar la actividad privada para desempeñar la tarea. Al estar estipulado que los constituyentes gozarán de las mismas prerrogativas que un diputado, podría interpretarse que el monto se equipararía al de un legislador de esa condición.

No podrán participar de la convención los miembros del Poder Judicial. El diputado de La Libertad Avanza, Nicolás Mayoraz, objetó este punto por considerarlo una limitación excesiva, ya que la constitución actual estipula, únicamente, que para ser convencional se establecen los mismos requisitos que para ser diputados. El radicalismo respondió que la ley es clara porque los miembros del Poder Judicial no pueden participar de actividad partidaria y este es el único medio para participar de la elección.

Cómo se reforma

Para comenzar a sesionar, la convención deberá aprobar su propio reglamento interno. Hasta entonces y de manera provisoria, podrá usar el de la Cámara de Diputados. Luego, se establecerán comisiones de trabajo. El equipo asesor del gobernador ya está trabajando en las propuestas que elevará el oficialismo. Algunas de ellas podrían ser “Autonomía Municipal”, “Nuevos derechos”, “Organización del poder” y “Redacción”. Además, se definirán mayorías para aprobar artículos. Estas pueden variar según los asuntos y ser absolutas (la mitad más uno de los presentes), simples (más de la mitad de los miembros, es decir, 35 votos) o especiales, podrían ser dos tercios, de los presentes o de los miembros, como suele ser en las legislaturas en el caso de las leyes de necesidad de reforma. Una vez que esté el texto listo se procede a la jura. No es necesario que se realice un plebiscito para que la ciudadanía rechace o apruebe el texto, como sucede en países como Chile. La consulta popular no está regulada en Santa Fe, pero el socialismo impulsa su inclusión en la constitución.

Dónde se reforma

La convención tendrá lugar en la ciudad de Santa Fe, tal como lo estipula la ley. La legislatura o el paraninfo de la Universidad Nacional del Litoral son dos de las posibilidades que se barajan pero sin confirmación oficial. Por ese salón de la UNL desfilaron figuras de peso como Néstor y Cristina Kirchner, Elisa Carrió, Aldo Rico, Raúl Alfonsín, Álvaro Alsogaray, Chacho Álvarez, Eduardo Duhalde, Guillermo Estévez Boero, “Lole” Reutemann, “Pino” Solanas, cuando tuvo lugar la reforma de la CN en 1994.

La polémica planteada por Mayoraz y LLA

Los legisladores nacionales de La Libertad Avanza presentaron una cautelar contra la Ley de Reforma por considerar inconstitucionales cuatro de sus artículos. La queja estaba amparada en que la convención será soberana y, por lo tanto, podrá tomar decisiones sin limitaciones estipuladas de antemano por la legislatura. El ejemplo que pone el libertario como caballo de batalla es que debería reverse con libertad la cuestión de la bicameralidad. La permanencia de las dos cámaras fue blindada por la Ley, como parte de un acuerdo político que incluyó a los partidos más importantes, la UCR y el PJ, que históricamente se repartieron casi la totalidad de las bancas. De ahí que se entienda el interés de los partidos emergentes por suprimirla. Pero más allá de los senadores y su procedencia, el argumento para sostener la Cámara Baja fue que es la única posibilidad de representar geográficamente a toda la provincia. Existió la propuesta de transformar la representación de 19 distritos por una de 5 regiones, tal como sucede con el Poder Judicial, dividido en Rosario, Santa Fe, Rafaela, Reconquista y Venado Tuerto, pero la misma no prosperó.

El planteo de los libertarios fue rechazado por el juez de feria Ezequiel Zabale, por “ausencia de requisitos cautelares”, porque “la urgencia no surge cristalina ni necesaria”, y porque “la declaración de inconstitucionalidad de una disposición legal es un acto de suma gravedad institucional”. Zabale prosiguió en su justificación: “no hay, a modo cautelar y sin perjuicio de lo que se decida en el fondo, ningún elemento que permita sostener que la elección programada no se realizará de manera directa, que hay o habrá vicios en la representación, ni hay impedimento alguno que no estuviera ya consagrado en el actual texto constitucional”. La cuestión de fondo será resuelta por el siguiente juez de feria, Ricardo Ruiz, o por la jueza natural, Susana Gueile.

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