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Economía

Nuevas pautas

Segunda etapa del blanqueo: qué plazos hay y a quién le conviene ingresar

Segunda etapa del blanqueo: a quién le conviene ingresar

Por Redacción

A pesar del cambio de reglas, algunas exteriorizaciones no pagan impuestos. Cómo mantener los beneficios anteriores.

Tras dos prórrogas, el 8 de noviembre finalizó la "Etapa 1" del blanqueo de capitales, dejando atrás el beneficio de la alícuota más baja (5%) y de poder exteriorizar dinero en efectivo, aunque con la vía de las cuentas. 

Luego de las dos modificaciones de fechas que hizo el ministro de Economía, Luis Caputo el sábado 9 de noviembre arrancó la segunda etapa del Régimen de Regularización de Activos y con ello, cambiaron ciertas reglas de juego.

Así, desde el sábado 9 de noviembre hasta el 7 de febrero de 2025, ambas fechas inclusive será el periodo para realizar la manifestación de adhesión y el pago adelantado obligatorio del impuesto en caso de corresponder. Mientras que para la presentación de la declaración jurada habrá tiempo hasta el 7 de marzo, inclusive.

En lugar de una alícuota del 5% cuando se supere el Mínimo No Imponible (MNI), con el inicio de la "Etapa 2", se incrementó al 10%. A pesar de este cambio, a ciertos contribuyentes no les cambiará: a aquellos que regularicen hasta u$s100.000.

"Los que pueden quedar para la segunda etapa son quienes no necesitaban hacerlo si o si en la primera", afirmó el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, quien destacó que entre ellos podrían estar quienes tienen cuentas en Estados Unidos, impulsados por el intercambio automático de información.

"Supongamos que el contribuyente no exteriorizó nada en la primera etapa y no supera los u$s100.000, es lo mismo si blanquea en la etapa 2 o 3 a los fines del Régimen de Regularización de Activos porque no paga impuesto, aplica el MNI", puntualizó.

Esto se debe a que la opción de aplicar la franquicia también estará disponible en la siguiente y última etapa, que regirá -en caso de no existir más cambios- desde el 8 de febrero hasta el 7 de mayo de 2025, ambas fechas inclusive. Con fecha límite para presentar la declaración jurada hasta el 6 de junio de 2025, inclusive.

Una postura con la que estuvo de acuerdo el socio de Ghirardotti & Ghirardotti, Mariano Ghirardotti que afirmó -en diálogo con El Cronista- que quienes tienen activos no declarados por un valor de hasta u$s100.000 tienen costo cero y no tienen por qué apurarse a ingresar porque lo pueden hacer hasta el 7 de mayo próximo.

"También lo van a hacer quienes superen por poco la franquicia dado que el costo es mínimo. Y quienes se hayan olvidado o les aparezca un problema con fisco, por ejemplo, de ventas no declaradas porque a pesar de tener que incurrir en un costo con el blanqueo le sale más barato que el ajuste más multas e intereses", destacó.

Ingresos a la fecha y futuros

Aunque ya empezó la segunda etapa, al ministro Caputo aún le quedan un colchón de ingresos por cosechar en un mes próximo por esta primera etapa. Dado que, con esta última prórroga, se debía llevar a cabo la manifestación y el pago del 75% del impuesto en caso de corresponder (superar el MNI de u$s100.000 en "bienes") hasta este viernes. El 25% restante se debe abonar antes del viernes 6 de diciembre junto con la presentación de la declaración jurada.

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