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Economía

Entrevista

Se vienen cambios para monotributistas: las claves del nuevo proyecto de ley

Las claves del nuevo proyecto de ley para los monotributistas

Por Redacción

Nanci Eterovich, integrante del Estudio Contable Casiello, indicó que mejorará los parámetros para mantenerse en el monotributo.

El proyecto fiscal que propone el Gobierno incluye importantes modificaciones en el régimen del Monotributo, impuesto a las Ganacias y de Bienes Personales. Así, en lo que refiere al monotributo se propone una actualización en los topes de facturación, y cuotas con subas de 300 y 330%.

En diálogo con el programa radial Base de datos (lunes a viernes de 10 a 12 hs por FM Meridiano 107.1), Nanci Eterovich, integrante del Estudio Contable Casiello, aportó su mirada sobre el nuevo proyecto de ley que incluye actualizaciones y cambios para los monotributistas. 

- Esta vez tuvieron en cuenta a los autónomos, contame cómo.

- En realidad los autónomos seguimos en la misma situación, lo que están mejorando las medidas fiscales que ingresan al Congreso son los parámetros para mantenerse en el monotributo. Eso para los pequeños contribuyentes está muy atrasado actualmente y los expulsa directamente al sistema de ganancias. Al tener topes ahora mucho más altos, que es lo que propone el proyecto que debería tratarse en el transcurso de este mes en el Congreso, aliviaría en ese caso la carga del autónomo, que puede mantenerse en el monotributo. Y las nuevas escalas del Impuesto a las Ganancias son un poco más altas con actualización en los montos mínimos, y lo encontraría mejor posicionado para poder pagar el Impuesto a las Ganancias, que sería un poco más atemperado. No estaríamos resolviendo que dejamos de pagar impuesto a las ganancias, ni se está equiparando el mínimo o la deducción especial de la misma forma como se pretende para los de relación de dependencia.

- O sea que sigue habiendo una inducción al monotributista para que pase al régimen de Ganancias, pero con una atenuación de lo que es el costo impositivo de dar el salto.

- Exactamente. El proyecto de medidas fiscales corrige la tabla de ganancias para el 2023, que la había propuesto el Poder Ejecutivo por un decreto solo para empleados en relación de dependencia y la extiende a los autónomos. Esto lo que hace es reflejar el impacto de la inflación, es decir, que no sea tan importante, que no se pague tanto impuesto a las ganancias, que se reconozca un aumento de los mínimos y una mejor distribución en la escala. Eso estaría mejorando para las liquidaciones del 2023 si sale el proyecto de ley, que simplemente es equiparar un poco la carga fiscal con la misma tasa que tienen quienes están en relación de dependencia, y mantener los mínimos y las exenciones que se les dieron a los que están en relación de dependencia en los últimos tres meses del año, que no se les retuvo ganancias, porque eso fue por decreto y no está ratificado por ley. La ley estaría convalidando esto, es el proyecto que ingresó.

Y para el 2024 bajarían nuevamente los mínimos para relación de dependencia a un neto de bolsillo de $1.200.000 y $1.800.000 para los empleados en relación de dependencia, que empezarían a pagar también con una escala un poco más actualizada. Esto quiere decir que los pisos a partir de los cuales se empiezan a pagar las tasas más altas son bastante más altos, por supuesto, y actualizables por inflación cada tres meses, esa sería la mejora que se vería. Por un lado, volverían a pagar impuestos a las ganancias algunos que quedaron fuera en estos meses a partir de que salga la ley, pero a escalas más razonables.

- Esto afecta de algún modo las definiciones de las declaraciones juradas que se tienen que hacer ahora, creo que en pocos días, ¿no?

- Sí, totalmente. Todo este proyecto de medidas fiscales que ingresó, y que se va a tratar a partir de hoy en el Congreso, modifica la forma de liquidar tanto el Impuesto a las Ganancias como a Bienes Personales del 2023, por lo menos si sale tal como está el proyecto. Tenemos que esperar que se apruebe esta norma para poder liquidar los impuestos porque trae novedades respecto a esa liquidación retroactiva, convalida determinadas formas de liquidar para los que estaban en relación de dependencia, pero a los autónomos les aplica la misma escala, porque a los empleados en relación de dependencia del 2023 les habían actualizado la escala para tributar el impuesto, pero los autónomos no. Por lo tanto, en principio, si vamos a liquidar hoy con las normas vigentes, está muy atrasada la escala y los montos a pagar para el autónomo serían mucho más altos. Y la ley que tendría que salir corrige esta situación, pero hasta que no salga la ley no la podemos aplicar, y sabemos que tenemos dos meses para que venzan los impuestos, para que la Afip ponga a disposición las herramientas para poder liquidarlos, entonces todo eso está a la espera de ver cómo sale la ley y qué modificaciones trae para liquidación 2023, que todavía no venció. Y luego también cómo se aplicará a partir de que salga 2024 especialmente para los agentes de retención, los que están en relación de dependencias, y cómo les va a impactar en el sueldo que van persiguiendo.

- ¿La fecha de vencimiento cuando es? 

- El 12 de junio. Pero tendría que disponer de todos los sistemas, y eso por allí puede llegar a generar un cuello de botella, porque hasta que no salga la ley, que saldría el mes próximo, vamos a estar muy sobre la fecha para poder determinar los impuestos.

- Claro, y aparte estamos hablando de un inminente tratamiento de la ley, pero en la Cámara de Diputados, después hay que ir al Senado para barajar y dar de nuevo. 

- Exactamente.

- No creo que haya levanta-mano automático hoy en el Senado de la Argentina, ni mucho menos.

- No, obviamente. Si hay consenso en la sanción, tiene que hacer todo el camino legislativo y luego la promulgación, las reglamentaciones que tienen que venir del Ejecutivo y del organismo recaudador, porque luego esto hay que implementarlo a través del sistema de liquidación. O sea, eso tiene que hacer todo un recorrido que quizás no esté para la época de vencimiento, y en ese punto entendemos que la Afip tendrá que disponer alguna prórroga para poder presentar. Siempre hablando de que este proyecto prospere, obviamente, porque últimamente no nos podemos anticipar. 

- ¿Tenés la lista a mano para saber servicios y producción? ¿Cuáles serían los nuevos techos del monotributo para no pasar a la categoría de IVA y ganancias?

- El proyecto trae la novedad que unifica servicios y venta de bienes. O sea que todos pueden ir hasta la máxima categoría, y la máxima categoría establece ingresos hasta $68 M anuales. Es decir que es bastante importante el incremento. Así también incrementan las cuotas en las categorías más altas, especialmente los de servicios, que pagarían una cuota mucho más alta que la de venta de bienes. Eso es lo que como novedad trae este proyecto. Y la otra novedad sería de aplicación retroactiva hasta enero. No obstante, mientras no está la ley, quienes hayan facturado por encima del monto máximo quedarían excluidos. Por lo tanto, estaríamos en una dificultad si alguien se salió por facturar más de los límites que hoy tiene permitidos y luego aparece esta ley. Porque mientras no esté vigente, quien excedió los máximos del monotributo estaría excluido y tendría que pasarse al régimen general. Pero la novedad es esta, los montos del aumento son muy importantes, y unifica el monto máximo para servicios y ventas de bienes.

- ¿Queda alguna fórmula de actualización de tipo permanente? Porque estamos en una economía por lo pronto inflacionaria durante un tiempo largo más.

- Establece la actualización y habilita también al Ejecutivo a actualizarlo durante el 2024 si tiene la necesidad.

 

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