Por Redacción
La medida alcanza a más de 80 artículos, que ahora quedan bajo revisión en una nueva instancia.
Al conceder efecto suspensivo a la apelación presentada por el Estado Nacional, la Cámara del Trabajo dejó sin efecto momentáneamente la medida cautelar dictada por el juez Horacio Ojeda, que había frenado más de 80 artículos de la reforma laboral. Así, la norma aprobada en el Congreso vuelve a regir hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
Así lo resolvieron los camaristas María Dora González y Víctor Pesino, que con su decisión dejaron en suspenso lo fallado en primera instancia por Ojeda, titular del juzgado del Trabajo N° 63 y quien el 30 de marzo pasado dictó una medida cautelar innovativa en la que hizo lugar a un pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT) para suspender 82 artículos de la normativa de la ley 27.802.
La semana pasada, el Gobierno presentó un recurso de per saltum ante la Corte Suprema para que levante la suspensión que se había impuesto sobre los principales artículos de la reforma laborala pedido de la CGT.
El Ministerio de Capital Humano celebró en redes sociales el fallo de la Cámara del Trabajo con un comunicado. “La Cámara Laboral revocó la decisión del juez Ojeda y declaró la vigencia de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional”, expresó la cartera que depende de Sandra Pettovello, quien tiene bajo su órbita la Secretaría de Trabajo.
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