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Agro

Reparación histórica

Qué dice la Ley de Agricultura Familiar reglamentada tras 9 años

Qué dice la Ley de Agricultura Familiar reglamentada tras 9 años.

Por Redacción

La prerrogativa fue aprobada en el Legislativa en 2014 pero se demoró eternamente la luz verde definitiva.

El gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley N° 27.118 de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar con el objetivo de impulsar y valorizar la producción de pequeños productores. A través del Decreto 292/2023, se establece la creación de un banco de tierras específicamente destinado a la agricultura familiar.

El "Régimen de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar" busca incrementar la productividad, seguridad y soberanía alimentaria, así como valorizar y proteger a los pequeños productores como elemento esencial de un sistema productivo rural sostenible. La normativa contempla acciones y programas para mejorar los procesos productivos y de comercialización, así como apoyo al desarrollo tecnológico, asistencia técnica e investigación. También se priorizan políticas para mejorar la infraestructura rural en todas sus dimensiones.

La reglamentación garantiza el acceso y funcionamiento de servicios sociales como educación, salud, deportes, cultura y promoción social, así como asistencia social directa. Además, se contemplan instrumentos de promoción relacionados con la sanidad agropecuaria, beneficios impositivos, aspectos previsionales, certificaciones de calidad, seguros y líneas de crédito específicas.

El enfoque de género también se incorpora, estableciendo mecanismos de priorización en la asignación de recursos a las mujeres y buscando reducir las brechas de género y asegurar la igualdad de acceso a los mismos.

Los agricultores y agricultoras familiares deberán registrarse en el Registro Nacional de Agricultura Familiar (RENAF) de manera individual o asociativa. Además, se establece la creación de un banco de tierras que permitirá la entrega de tierras estatales a los agricultores registrados en el RENAF, ya sea a través de venta, arrendamiento o donación. La Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) se involucrará en la identificación y disponibilidad de inmuebles rurales adecuados.

El Instituto Nacional de la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena (Infaci) será la autoridad encargada de aplicar la ley. Se le otorgan 90 días para diseñar y presentar programas específicos para la producción y comercialización del sector. También se establece la creación del Centro de Producción de Semillas Nativas (Ceprosena), la participación de organismos científicos relacionados y la elaboración de propuestas curriculares en colaboración con el Consejo de Agricultura Familiar, Campesina e Indígena.

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