Por Redacción
Rige la obligatoriedad de detallar desde enero, pero no pondrán sanciones por incumplimiento por un tiempo.
El Gobierno, por su propia demora, no sanciona a las empresas que incumplan la obligatoriedad de detallar impuestos en los tickets, vigente desde el 1 de enero.
Con la aprobación de la Ley 27.743 se estableció, por iniciativa de la Organización Lógica, que conduce Matías Olivero, un "Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor" que visualice el peso de los impuestos en el ticket.
"Todos aquellos sujetos que realicen ventas, locaciones de obra o prestaciones de servicios a consumidores finales deberán indicar, en la publicación de los precios de los respectivos bienes o prestaciones, el importe final que deba abonar el consumidor final", establecieron en el artículo 99.
Y detallaron: "Además, deberán indicar el importe neto sin la incidencia del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de los demás impuestos nacionales indirectos que incidan en los precios, el cual deberá estar acompañado de la leyenda "precio sin impuestos".
Frente a la complejidad para llevarlo a la práctica y la demora en la reglamentación, se definió que la implementación sea de forma escalonada y los primeros en tener que hacerlo fueron los grandes contribuyentes (supermercados, estaciones de servicio, cadenas de electrodomésticos).
A causa de la demora en la reglamentación, se llevó a cabo a mediados de diciembre, y según pudo saber El Cronista, en la Subsecretaría de Defensa al Consumidor y Lealtad Comercial se tomó la decisión de no aplicar sanciones a las empresas que incumplieran, pero solo por el corto plazo.
Mientras que el resto de los sujetos que realicen ventas, locaciones de obra o prestaciones de servicios a consumidores finales y que no categoricen como "grandes empresas", con base en lo que estableció la Resolución General 5614, tendrá que hacerlo obligatoriamente antes del 1º de abril de 2025.
"En promedio se está aplicando bastante bien y hay que ser comprensivos con aquellos que no llegaron porque la reglamentación se publicó a mediados de diciembre pasado", destacó Olivero en conversación con este medio.
Y agregó: "Las estaciones de servicios son las que están mejor porque exponen el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y los dos impuestos que se aplican sobre los combustibles. Como también aquellos que lo resumen en "Otros impuestos nacionales" como estable la Resolución".
El paso de las provincias
Luego de este primer paso, se espera que los otros niveles de gobierno también lo apliquen. "Se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba) a dictar las respectivas normas para que los consumidores finales tengan conocimiento de la incidencia del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y de los respectivos tributos municipales que tienen incidencia en la formación de los precios de los bienes, locaciones y prestaciones de servicios", establecieron en el artículo 99.
A pesar de que la ley habla de "invitación", Olivero asegura que se trata de una obligación con base en lo que establece el artículo 42 de la Constitución Nacional (CN): el derecho de los consumidores a tener información adecuada y veraz.
Hasta el momento, se presentaron seis proyectos en cinco distritos: uno en Caba, por parte de Silvia Imas (Vamos por Más); en Santa Fe, por Silvia Malfesi (Partido Libertario); en Río Negro, por Martina Lacour (Circuito Zona Andina). Mientras que en Buenos Aires ingresaron dos: uno de Oriana Colugnatti (La Libertad Avanza) y otro de Daniela Reich y Marcelo Daletto (Unión Cívica Radical).
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