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Negocios

Dictamen

Mala praxis: clínica y dos médicos condenados a pagar $30 M a un paciente

Mala praxis: clínica y dos médicos condenados a pagar $30 M a un paciente
Patricio Dobal

El fallo también alcanza a cuatro aseguradoras y reconoce la pérdida de chance y daño moral como consecuencia de la atención médica deficiente.

Un dictamen del juez Marcelo Quiroga, al frente del Juzgado Civil y Comercial de 7ma Nominación de Rosario, condenó a la empresa Rosario Sistemas de Salud S.A. -controlante del Sanatorio Los Alerces y del Hospital Italiano-, al médico generalista Daniel Enrique G. y al oftalmólogo Gastón D. a indemnizar con casi $30 M a un joven de 32 años que perdió la visión en su ojo derecho tras una atención médica deficiente. La sentencia también alcanza a cuatro aseguradoras que deberán responder como garantes del resarcimiento. 

De acuerdo a la información que se explicita en el fallo al que accedió Punto biz, el paciente, representado por la abogada María Marta Gilardone, había ingresado el 20 de noviembre de 2021 a la guardia del sanatorio con una esquirla de acero en el ojo. Fue atendido por el Dr. González, quien tras una consulta telefónica con el oftalmólogo Gastón D, lo envió a su casa con gotas y sin estudios complementarios.

Recién tres días después, el paciente fue revisado por el especialista, quien solicitó una ecografía que reveló un cuerpo extraño intraocular, desprendimiento de retina y signos de infección. Aunque se intentó programar una cirugía en Rosario, la intervención se realizó de urgencia en Buenos Aires seis días después del primer contacto médico. Para entonces, la infección y el daño ocular eran irreversibles.

Mala praxis y pérdida de chance

El juez concluyó que los profesionales incurrieron en una atención deficiente, no ajustada a las reglas de la "lex artis". Se les reprochó, entre otros puntos, no haber solicitado estudios desde el inicio y haber demorado la intervención quirúrgica. El tribunal consideró que esto frustró una "chance de recuperación", configurando una pérdida de oportunidad que debe ser indemnizada.

“No se ajusta a la lógica que, si el cuadro era grave y con pronóstico reservado, existiera margen para diferir la atención del especialista por tres días”, sostuvo el fallo, que también cuestionó la historia clínica incompleta y la ausencia de registros sobre la consulta telefónica que se alegó como justificación del accionar médico.

La sentencia reconoce una incapacidad parcial y permanente del 42% en el paciente, pero no responsabiliza directamente a los profesionales por la pérdida total de la visión, sino por haberle quitado la posibilidad de una mejor evolución. En ese marco, ordena el pago de:

- $20 M por pérdida de chance, calculada sobre el salario y edad del paciente;

- $9.500.000 por daño moral, más intereses legales desde la fecha del hecho.

El fallo se hace extensivo a las aseguradoras Prudencia Seguros, SMG Compañía de Seguros, Federación Patronal Seguros S.A.U. y Seguros Médicos S.A., en carácter de garantes.

Más allá de la sentencia en primera instancia, la resolución del juez Quiroga todavía no está firme y tanto la clínica como los profesionales médicos están en condiciones de apelar.

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