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Negocios

Agroexportadora

Firma apuntada por no liquidar divisas en tiempo y forma entró en concurso

Patricio Dobal

La compañía pidió el “salvavidas” en los Tribunales de Rosario pero le costó obtener el ok del juez por inconsistencias contables. 

La sociedad por acciones simplificadas (SAS) Argen-Time que ha venido exportando granos vía la aduana de San Lorenzo finalmente logró que el juez de primera instancia en lo civil y comercial de la 7ma nominación de Rosario, Marcelo Quiroga, accediera a la apertura de su concurso preventivo de acreedores. Se trata de una resolución que se hizo esperar debido a inconsistencias que el magistrado encontró en los documentos que la firma presentó para solicitar la convocatoria.

Constituida el 17 de enero de 2019 bajo el esquema que estableció en su momento la gestión de Mauricio Macri para gestar sociedades simples, Argen-Time fue fundada por Walter Alberto Muñoz y el abogado Ignacio Escauruiza. La compañía empezó a operar como intermediaria en la exportación de granos y fue noticia el año pasado por integrar el listado de 59 empresas suspendidas por la Aduana por no liquidar divisas en tiempo y forma tal cual lo definía la administración de Alberto Fernandez. La suspensión en cuestión entró en vigencia en abril de 2023 ya bajo la gestión de Sergio Massa en un Ministerio de Economía complicado por la escasez de reservas.

Lo cierto es que fue sobre el cierre del año pasado que se presentó en los Tribunales de Rosario, Fabián Rial, en su carácter de administrador de Argen-Time SAS solicitando la apertura del concurso. Como lo establece la ley, y de acuerdo a lo que pudo verificar Punto biz del expediente, a la solicitud de la asistencia judicial incorporó constancias correspondientes a los a los estados contables de los últimos tres ejercicios cerrados al 31.12.2020, 31.12.2021 y 31.12.2022. 

Lo cierto es que inicialmente el trámite comenzó empantanado. Siempre de acuerdo a lo relatado por el juez Quiroga en su escrito de apertura de la convocatoria, en el inicio del proceso “no surgía de la ‘contabilidad’ de la deudora el mentado estado de impotencia patrimonial”. Para el magistrado dicha situación no era un dato menor a ser tenido en cuenta por los abogados de la firma “desde que se trata de una persona jurídica privada obligada a llevar registros contables”.

Ahora bien, a sabiendas que el pedido venía cruzado, en una nueva presentación la deudora acompañó nuevamente el estado de situación patrimonial al 31.5.2023 planteando que se habían subsanado “algunos errores involuntariamente incurridos”.

El documento en cuestión puntualizó que hubo un error en el conteo del activo corriente pues el rubro “deudores por ventas del exterior” debió consignarse por un importe menor, ya que se contemplaron deudas que no podrán ser cobradas en lo inmediato toda vez que se encuentran en proceso judicial. 

Con los cambios en cuestión, los abogados de Argen-Time volvieron a replantear las cifras y expusieron así un activo corriente de $22.538.364,86 y un activo no corriente de $892.716.270,67, manteniéndose -así estaba definido en la primera presentación- el pasivo corriente en $67.548.812,53.

A la hora de esgrimir argumentos la compañía sumó que los resultados no asignados del ejercicio 2022 fueron absorbidos por esas deudas del exterior y que, dichas deudas y la baja de la matrícula del Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (Ruca), la habían llevado a la cesación de pagos, “provocado la pérdida casi total del capital de trabajo”.  

La desprolijidad en la exposición de los estados contables fue advertida por el juez Quiroga quien dejó asentando que “la intervención del contador público en los estados contables del ejercicio cerrado el 31.12.22 se limitó a una mera certificación, no emitiendo opinión técnica alguna y que en el estado de situación patrimonial al 31.5.2023 no ha intervenido profesional de la contabilidad alguno, aunque también debe señalarse que, siendo un pequeño concurso, no resulta exigible el dictamen de contador público”.

Lo cierto es que pese a los desaciertos en la contabilidad de la firma, Argen-Time logró lo que fue a buscar. “En línea con la interpretación del Tribunal Superior y de gran parte de la doctrina judicial y autoral, debe juzgarse que las inconsistencias que se han reseñado no forman obstáculo a la apertura del concurso, no obstante lo cual se harán saber especialmente a la Sindicatura que resulte designada, a los fines que las tenga en cuenta en las etapas previstas”, expresó Quiroga en su escrito.

De esa forma, el magistrado finalmente aprobó la apertura del concurso de la compañía que tiene domicilio denunciado ante el Registro Público de Comercio en calle Corrientes 751, Piso 4 de Rosario. 
 

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