Economía

Cuándo entra en vigencia

El Gobierno pateó la puesta en marcha del fondo para despidos

El Gobierno pateó la puesta en marcha del fondo para despidos

Por Redacción

El Ejecutivo oficializó la prórroga y señaló que todavía resta completar ajustes en los procedimientos y sistemas informáticos.

El Gobierno nacional postergó hasta el 1° de diciembre la puesta en marcha de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), el esquema creado para financiar las indemnizaciones por despido. La decisión quedó formalizada mediante el Decreto 1228/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial, que además extendió de seis a doce meses el período mínimo de aportes antes de poder disponer de los recursos.

La medida confirma lo que adelantó Punto biz el viernes pasado, cuando informó que el Ejecutivo evaluaba trasladar de noviembre a diciembre el inicio del régimen. En ese momento, la posibilidad de una nueva prórroga estaba bajo análisis y respondía, entre otros factores, a los tiempos que necesitaban las entidades financieras y los operadores del mercado de capitales para adaptar sus sistemas. 

El esquema había sido previsto inicialmente para comenzar el 1° de junio, pero el Gobierno ya había postergado su implementación hasta el 1° de noviembre. Con el nuevo decreto, la fecha se corre un mes más, dentro del margen de prórroga contemplado por la Ley de Modernización Laboral.

Entre los fundamentos de la decisión, el Ejecutivo señaló que todavía restaba completar ajustes en los procedimientos y sistemas informáticos necesarios para administrar los fondos. También indicó que se requieren pruebas para detectar y corregir posibles errores, inconsistencias o demoras antes de que el régimen comience a funcionar.

El pedido de más tiempo había sido impulsado por entidades del mercado de capitales a través de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Las cámaras que nuclean a fondos comunes de inversión, fideicomisos y agentes de bolsa reclamaron una extensión para terminar de adecuar sus herramientas operativas y tecnológicas.

Qué cambia con la postergación del FAL

El decreto también modificó el período de carencia, es decir, el tiempo durante el cual deben acumularse aportes antes de que los recursos puedan utilizarse para afrontar las obligaciones laborales. Ese plazo pasó de seis a doce períodos mensuales consecutivos, contados desde el ingreso efectivo del primer aporte del empleador.

Según el Gobierno, la extensión busca que los fondos acumulen recursos suficientes para responder a las obligaciones previstas y preservar su estabilidad durante la etapa inicial. El cambio implica que las empresas deberán esperar más tiempo antes de poder utilizar el dinero reunido en sus cuentas individuales.

El FAL funcionará mediante fondos comunes de inversión abiertos y fideicomisos financieros administrados por entidades habilitadas y bajo la supervisión de la CNV. El régimen alcanzará a empleadores del sector privado, con las excepciones previstas en la legislación, y los recursos estarán destinados a cubrir indemnizaciones por despido y otras obligaciones laborales contempladas en la normativa.

Las contribuciones mensuales serán del 2,5% de las remuneraciones utilizadas como base para calcular los aportes previsionales en el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas y de las entidades sin fines de lucro. Para el resto de los empleadores privados, la alícuota será del 1%.

Los aportes se canalizarán mediante cuentas individuales de cada empleador y se detraerán de contribuciones destinadas a distintos subsistemas de la seguridad social. Para operar dentro del régimen, las empresas deberán informar y validar su identificador FAL, que permitirá derivar los recursos a la cuenta correspondiente.

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