Por Redacción
El Decreto 591/2025 fue firmado por Javier Milei, Guillermo Francos y Federico Sturzenegger.
Por medio del Decreto 591/2025, el Gobierno prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2025 el plazo para que las empresas públicas puedan rescindir contratos con compañías en las que el Estado posea participación accionaria o que hayan gozado de beneficios exclusivos en la provisión de bienes y servicios.
La norma extiende lo dispuesto en el Decreto 747/2024, que vencía el próximo 22 de agosto. Ese decreto había dejado sin efecto obligaciones previas que imponían a los organismos nacionales contratar únicamente con determinadas firmas estatales.
En este escenario, por ejemplo, se eliminó la exclusividad que tenía el Banco Nación para el pago de haberes de empleados públicos, vigente desde 2012. En abril pasado, el Gobierno adjudicó a once bancos privados y públicos la posibilidad de brindar el servicio de apertura, gestión y mantenimiento gratuito de cuentas sueldo, mediante la Decisión Administrativa 9/2025.
La nómina de entidades habilitadas incluye al Banco Credicoop, Banco Patagonia, Banco Santander, ICBC, Banco Galicia, BBVA, Banco Macro y Supervielle, entre otros. El Ejecutivo instruyó a estas instituciones a elaborar planes de trabajo que prioricen beneficios concretos para el personal estatal, en especial préstamos hipotecarios a tasas preferenciales.
La normativa original - ahora extendida - también derogó el Decreto 1189/2012, que obligaba a comprar combustibles y lubricantes únicamente en YPF; el 1191/2012, que establecía contratar vuelos solo con Aerolíneas Argentinas, Austral y Optar; y el Decreto 823/2021, que imponía la contratación de seguros exclusivamente con Nación Seguros. Este último derivó en un escándalo judicial que involucra al expresidente Alberto Fernández, acusado de haber intervenido en un esquema de corrupción junto al productor de seguros Héctor Martínez Sosa, esposo de su secretaria de confianza, María Cantero. La causa está en trámite en la Cámara Federal de Comodoro Py.
El Gobierno calificó de “nefastos” los decretos dejados sin efecto y aseguró que generaban una “transferencia de recursos del contribuyente a determinadas empresas”. En ese sentido, desde Casa Rosada agregaron: “Tan grotesco era el sistema que se contrataba a un broker para realizar operaciones que ya eran obligatorias por ley”.
La base de la política actual se remonta al Decreto 70/2023, que estableció que las empresas con participación estatal no tendrían más privilegios ni prioridad en contrataciones, compras ni vínculos jurídicos con la administración pública. La extensión de los plazos hasta diciembre busca facilitar la transición hacia nuevas licitaciones nacionales y dar tiempo a cada jurisdicción a readecuar sus contratos. Según el Decreto 591/2025, las autoridades competentes podrán ampliar o prorrogar los convenios alcanzados por las normas derogadas hasta fin de año, en los casos que lo consideren conveniente
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