Por Redacción
A diferencia de las personas físicas, para las jurídicas, aún hay regulaciones. Cuáles son.
El Gobierno eliminó casi todas las restricciones cambiarias, pero para las empresas aún siguen vigentes algunas regulaciones.
Para las empresas se dio más una flexibilización del cepo que un levantamiento, con excepción de exportadores, importadores y bancos, que ya contaban con total libertad. Esto es ya que, por un lado, se les permitirá el giro de dividendos sin previo aviso para ejercicios comenzados desde el 1/1/25, por lo cual recién en 2026 comenzaría ese flujo a demandar divisas. En paralelo, para dividendos retenidos previos a 2025 y para la deuda de importadores previa a diciembre de 2025, se emitirán Bopreales.
Además, las personas jurídicas seguirán en pie los límites a la compra para atesoramiento, el parking y las restricciones cruzadas entre el oficial y los financieros. Este último punto con una salvedad: se resetean los plazos de 90 días a partir de hoy y no cuentan hacia atrás, pero sí definen la permanencia en cada mercado hacia adelante.
"Algunas empresas elegirán el tipo de cambio oficial (con acceso más flexibilizado para importar y vía libre para dividendos nuevos) y eso implica que los stocks (dividendos o deudas viejas) sigan atrapados, por lo cual el BCRA adelantó que prepara un nuevo Bopreal. Otras, si confían en que no habrá brecha, preferirán quedarse en el CCL, con libertad total para dolarizar stocks (el riesgo es no tener suficiente liquidez en CCL)", explicó al respecto la consultora 1816 en un informe.
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