Por Redacción
Las estaciones de servicio podrán implementarlo de manera total o instalar solo algunos surtidores de autoservicio.
El Gobierno nacional publicó este miércoles en el Boletín Oficial la disposición que permite el autoservicio de combustibles en las estaciones de servicio. El decreto 46/2025 firmado por la Secretaría de Energía reglamenta la posibilidad de que un usuario pueda despacharse nafta y gasoil por si mismo.
Para el Gobierno, la medida impactará en "un precio diferenciado más bajo, con claro beneficio para el consumidor", ya que las estaciones de servicio tendrán menos gastos. Se trata de una actividad que está permitida en países como Estados Unidos, Uruguay y Paraguay, además de estados integrantes de la Unión Europea.
En la Ciudad de Buenos Aires y Mendoza se dieron pruebas piloto de este nuevo sistema en estaciones de servicio de YPF y Shell, luego de que se expidieran permisos especiales, ya que comenzaron antes de que la norma estuviera reglamentada. Las estaciones de servicio podrán implementarlo de manera total o instalar solo algunos surtidores de autoservicio.
El autoservicio de combustibles no se aplicará, en principio, en provincias como Buenos Aires, La Pampa y Jujuy, donde está prohibido implementar este tipo de servicios, de acuerdo a lo que establecen leyes locales, que restringen la operación de surtidores a personas ajenas al personal de las estaciones de expendio.
Cómo funcionará el sistema
En cuanto al funcionamiento, se aclaró que “una vez terminado el suministro de combustible se repondrá la tapa del tanque y se colgará la manguera en su lugar, cuidando de que no quede enganchada en algún saliente del vehículo”. Una vez acomodada la manguera, “se estará en condiciones de poner en marcha el motor”, aclara el decreto.
Las empresas expendedoras de combustibles que deseen prestar el servicio de autodespacho, deberán solicitar autorización en la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía. Dicho organismo, será el responsable de establecer los requerimientos a cumplir por quienes deseen ofrecer la nueva opción para cargar combustible.
Se consideró que actualmente se puede ofrecer a los usuarios distintas modalidades para el autodespacho de combustibles, “siempre que se garanticen determinadas condiciones de seguridad”. Además, se remarcó que “algunas regulaciones han quedado desactualizadas por el avance de la tecnología, e impiden que determinados servicios sean prestados de manera más eficiente”.
En el decreto que lleva la firma de Javier Milei, Guillermo Francos y Luis Caputo, se aclaró que es pertinente implementar medidas para promover el desarrollo de la industria, el avance tecnológico y una mayor oferta de servicios, por ende, se consideró que “el autoservicio de combustibles posibilitará que las estaciones de servicio que actualmente restringen sus horarios comerciales puedan ofrecer un servicio continuo durante las VEINTICUATRO (24) horas del día”.
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