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Negocios

Bajo la lupa

Afip actualizó el monto a partir del cual controla gastos con tarjetas

Afip actualizó el monto a partir del cual controla gastos con tarjetas

Por Redacción

Los bancos y billeteras virtuales deberán informar los movimientos en cuentas, plazos fijos y operaciones con tarjetas de crédito.

A partir del este lunes 1 mayo, los bancos y billeteras virtuales deberán informarle a la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) los movimientos en cuentas, plazos fijos y operaciones con tarjetas de crédito que superen los $ 200.000.

Se trata de una operatoria que rige desde hace cinco años y en la que los montos que actúan como piso para entrar en el radar de la Afip se van incrementando anualmente,​

De esta forma, la Afip actualizó los montos a partir de los cuáles las entidades financieras deberán informar al organismo. Hasta el 30 de abril ese piso era de $90.000 y desde este lunes pasa a $200.0000 en el caso de compras con tarjeta de crédito y plazos fijos.

El organismo oficial viene aplicando esta normativa desde 2018. Con la inflación creciendo, los montos da partir de los cuales los bancos deberán informar a la AFIP se actualizan todos los años mediante un índice que tiene en cuenta la evolución de los precios.​

Los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) – conocidas como billeteras virtuales- fueron incorporadas a este régimen de información en julio de 2021.

La medida fue establecida a través de la Resolución General 5348/2023 publicada en el Boletín Oficial el 19 de abril de 2023, y lleva la firma del administrador del organismo, Carlos Castagneto.​

La normativa detalla que para el consumo con tarjeta de débito también cambiara el monto a partir del cuál se informa al fisco. Pasa a $120.000, dejando atrás el monto previo de $30.000.

Así pasarán a ser informadas las operaciones con débito que superen los $120.000 en el mes y las compras a crédito que sumadas estén por encima de los $200.000, al igual que las colocaciones a plazo.

​La nueva cifra se calculará en términos mensuales e incluirá todo tipo de acreditación. Además de los plazos fijos, la medida también apunta a los depósitos, las transferencias recibidas y los saldos en cuenta.

Los bancos también avisarán a Afip cuando el monto de una operación que involucre ingreso o egreso de efectivo, transferencia bancaria, en moneda extranjera, moneda digital por transferencia bancaria o virtual iguale o supere los $400.000. Este monto duplica al límite anterior.

Según destaca la Afip, estas modificaciones "permiten a las entidades y administradoras agilizar su operatoria y el organismo optimiza la información que recibe en forma automática y permanente".

 "Son los montos que los bancos están obligados a informar al organismo. La Afip no hace nada con esos datos. Simplemente los almacena, que es una de las funciones del organismo", informaron desde el equipo de Castagneto.

Este sistema se aplica para controlar la actividad de los contribuyentes y que haya concordancia entre los ingresos declarados y las transacciones efectuadas. La última actualización se había hecho a finales del año pasado.

Además, las billeteras virtuales o plataformas financieras digitales, como Mercado Libre, Ualá o Modo, deberán informar movimientos en las cuentas que en un mes registren ingresos o egresos totales, iguales o superiores a $120.000 (antes era a partir de los $30.000).

También deberán aportarle información a la Afip de las cuentas que al último día hábil del período mensual informado, tengan saldos iguales o superiores -en valores absolutos- a $200.000 (monto anteriormente fijado en $90.000).

Al superarse estos montos, los bancos o billeteras virtuales deben informar a la AFIP "la nómina de cuentas con las que se identifica a cada uno de los clientes, las modificaciones que se produzcan y los montos totales de los ingresos, egresos y saldo final mensual".

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