Por Redacción
La empresa tiene sus oficinas en el microcentro de la ciudad y en caso de no acatar, deberá abonar una multa.
La Justicia Laboral de los Tribunales Provinciales de Rosario ordenó al call center Dynatac para que una empleada que realiza teletrabajo, vuelva a cumplir sus funciones de manera presencial en las oficinas de la empresa. Con el patrocinio del abogado Federico Thomson la trabajadora presentó una cautelar innovativa.
El fallo estuvo a cargo del juez Gustavo Burgio, quien instó a mantener sus condiciones de trabajo, específicamente el de la prestación de sus servicios en las oficinas de la demandada de calle Mitre 577. En la resolución el juez Gustavo Burgio consideró que el hecho de que la trabajadora no pueda volver a trabajar presencial, resulta un cambio del contrato, por ende, esa sola circunstancia amerita el despacho de esta medida.
"El teletrabajo desde el punto de vista sistemático de las normas laborales que contiene la Ley de Contrato de Trabajo, fue incorporado dentro de las modalidades contractuales, por lo que resulta ser una excepción al principio de indeterminación previsto en el artículo 90 del Régimen de Contrato de Trabajo, por tanto de aplicación e interpretación restrictiva", subrayó
En caso de desobediencia a esta orden judicial, el juez impuso que se le impondrá a la empresa una multa diaria de $40.000.
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