• Dólar Banco Nación $887.50
  • Contado con liqui $1076.34
  • Dólar MEP $1033.10
  • Dólar Turista $1420.00
  • Dólar Libre $1030.00
  • Dólar Banco Nación $887.50
  • Contado con liqui $1076.34
  • Dólar MEP $1033.10
  • Dólar Turista $1420.00
  • Dólar Libre $1030.00

Negocios

En contra de Ronald

Condenan a McDonald's en Rosario tras la demanda de una gerenta

Condenan a McDonald's en Rosario por un despido indirecto

Por Redacción

La Justicia rosarina falló a favor de una mujer que ingresó a trabajar en octubre de 2005.

La Justicia rosarina confirmó parcialmente una condena contra Arcos Dorados Argentina S.A., franquiciante de McDonald’s, en la causa iniciada por una ex empleada que se desempañaba como gerenta de turno.

Según publicó en el portal de noticias Versión Rosario el periodista especialista en judiciales, Alberto Furfari, el juez laboral de la séptima nominación, Marcelo Gallucci, dispuso que McDonald's debía abonarle a una trabajadora que se colocó en situación de despido indirecto una indemnización sustitutiva del preaviso y su aguinaldo; integración del mes de despido y su aguinaldo; indemnización por antigüedad; incremento indemnizatorio del 50%; diferencia en el pago de la remuneración proporcional a los días trabajados durante el mes del despido; diferencia en el pago de las vacaciones no gozadas y su sueldo anual complementario y diferencias salariales y además en el aguinaldo.

La novedad es que la Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Laboral revocó la sanción del Art. 2 Ley Nº 25.323 de indemnizaciones y bajó los intereses a una vez y media la tasa activa del Banco Nación, aunque quedó confirmada el resto de la resolución de primera instancia.

Sobre el caso

La mujer ingresó a trabajar en octubre de 2005 y se desempeñaba como gerente de turno. Trabajaba en horarios rotativos, con uno o dos francos semanales.
Sostuvo en la demanda patrocinada por los doctores Franco Longhitano y Astolfo Schutze que fue incorrectamente categorizada y en consecuencia percibía remuneraciones inferiores que les hubieran correspondido si le aplicaban el Convenio Colectivo de Trabajo pertenecientes a los trabajadores de establecimientos que ofrecen servicios rápidos de expendio de emparedados y afines.

El 18 de agosto de 2015 sufrió un accidente y le diagnosticaron ruptura de ligamento cruzado anterior de la rodilla izquierda. Lo ocurrido fue comunicado a la empleadora y presentó los certificados médicos correspondientes.

En diciembre de ese año debió someterse a una cirugía y posteriormente realizó un tratamiento de rehabilitación. Obtuvo el alta médica en forma parcial, el 29 de febrero de 2016, con la indicación de que sólo reincorporarse a realizar tareas administrativas.
Pocos días después intimó a la empresa que le aclare su situación laboral, reclamó diferencias salariales porque consideró que no le habían abonado correctamente y que la reincorporen en tareas acordes a su estado actual de salud.

Arcos Dorados negó deberle suma alguna y rechazó la demanda. Además, sostuvo que la mujer se encontraba fuera de convenio.

En marzo la trabajadora comunicó su decisión de colocarse en situación de despido indirecto, alegando sentirse gravemente injuriada con motivo que la empleadora desconoció haberle efectuado retenciones a sus remuneraciones, ante el silencio guardado en relación a su pedido a que aclaren su situación laboral y a su posibilidad de reincorporarse en tareas acordes a su incapacidad, lo que fue rechazado por la patronal.

CONTENIDO EXCLUSIVO PARA SUSCRIPTORES.

Si querés ser protagonista de los Negocios necesitás información.
Si estás acá es porque necesitás esta información.

SUSCRIBITE

Por asesoramiento personalizado o consulta de Planes Corporativos escribinos a suscripcion@puntobiz.com.ar. Whatsapp al 3415034363.

Más info

Lo que tenés que saber de Negocios

Las más leidas

Además

La sesión de tu cuenta se cerro por exceso de usuarios.

¿Querés recibir notificaciones de alertas?