Por Redacción
El beneficio seguirá solo para autos electrificados. Los vehículos livianos quedan afuera.
El Gobierno nacional avanzó con una nueva aclaración sobre el régimen de importación de vehículos electrificados y resolvió excluir del beneficio de arancel cero a las unidades eléctricas de menor porte, como motos, triciclos y cuatriciclos. La medida fue oficializada mediante el Decreto 44/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial.
El régimen mantiene el cupo anual de 50.000 unidades con arancel cero para vehículos electrificados, pero introduce una novedad relevante para el sector: si ese cupo no se completa en un período determinado, las unidades no utilizadas podrán trasladarse y sumarse al cupo del año siguiente, ampliando el margen de aplicación del beneficio.
Qué vehículos quedan excluidos
Según la reglamentación, el arancel cero no se aplicará a los vehículos electrificados encuadrados dentro de las categorías L, que agrupan a unidades de dos, tres y cuatro ruedas de menor tamaño, orientadas principalmente al uso urbano.
Dentro de ese grupo se incluyen ciclomotores y motocicletas eléctricas, triciclos para pasajeros o carga y cuatriciclos livianos y pesados, incluidos los microautos urbanos. De esta manera, todas las motos eléctricas, triciclos y cuatriciclos deberán tributar los aranceles correspondientes al momento de su importación.
El foco del régimen
Con esta definición, el Ejecutivo dejó en claro que el esquema de incentivos continuará enfocado exclusivamente en autos electrificados de mayor porte, tanto eléctricos como híbridos, que ingresen dentro del cupo establecido.
Desde el sector interpretan que la decisión busca ordenar el régimen y concentrar el beneficio en segmentos con mayor impacto en términos de sustitución tecnológica y escala, al tiempo que evita una expansión del arancel cero sobre vehículos livianos donde existe producción local o ensamblado nacional.
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