Por Redacción
La Afip cerró el plazo para pedir el beneficio de incremento del 50% del mínimo no imponible de Ganancias.
Concluyó el período de presentación para solicitar el incremento del 50% del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias para personas físicas, beneficio que deriva de la Ley de Alivio Fiscal y que solo atañe a contribuyentes calificados como “cumplidores”. Se trata de una compensación para los que están al día con sus obligaciones tributarias y no generar un trato injusto respecto de los que ingresaron a la moratoria.
El tributarista Guillermo Poch señaló en diálogo con Ámbito Financiero que “es un beneficio de muy fácil trámite que se lo hemos tramitado a todos nuestros clientes que pudimos incluir”. Se trata de autónomos incluidos en el Impuesto a las Ganancias que pueden pedir una deducción especial del 50% sobre lo que tienen que pagar. Poch estimó que en promedio por persona tendrán un ahorro de $40.000 anuales respecto de lo que tendrían que pagar por el período fiscal 2021.
La idea de este tipo de medidas de beneficios a contribuyentes cumplidores es evitar que se generen situaciones en las que resulte conveniente no pagar los impuestos a la espera de que luego se generen planes especiales.
Del mismo modo, el tributarista Ivan Sasovsky consideró que “eso funcionó” y detalló que los asesores impositivos estuvieron trabajando hasta último momento para incluir a sus clientes en condiciones de reclamar el beneficio. “Se trata de personas físicas que son las mas perjudicadas por el régimen de retenciones”, indicó. Para pedir la deducción especial el contribuyente debe tener todos los impuestos al día, al igual que todas las declaraciones juradas presentadas en fecha.
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