Por Redacción
Los que sigan blanqueando durante la prórroga podrán retirar lo declarado en septiembre.
Los contribuyentes que hayan declarado dólares en efectivo en cuentas especiales en el marco del blanqueo podrán retirar los fondos a partir de este martes 1 de octubre. Así lo determina el Decreto 864/2024, que se publicó este lunes en el Boletín Oficial que establece la prórroga por un mes del Régimen de Regularización de Activos.
Se trata de una verdadera prueba de confianza para el gobierno que a estas alturas supone que van a entrar más de u$s10.000 M en las cuentas de los bancos que sirven para engrosar las reservas internacionales.
La medida le permite a los que blanqueen retirar el dinero, si así lo desean, y si es que no van a seguir regularizando dinero. Si lo hacen, para ellos el blanqueo de dólares habrá terminado en ese momento. En cambio, los que sigan blanqueando durante el periodo de prórroga que va del 1 de octubre al 31 del mismo mes, podrán retirar los fondos depositados en septiembre pero, en ese caso, ya no podrán seguir blanqueando.
Los puntos claves
-El nuevo plazo para regularizar va del 1 al 31 de octubre. Se debe ingresar dólares o pesos en Cuentas Especiales de Regularización de Activos (Cera) en bancos o en una cuenta bancaria en el exterior, si el dinero está fuera del país.
-Las personas que blanquearon durante septiembre podrán retirar fondos desde el 1ro de octubre, pero no podrán seguir blanqueando.
-Las personas que hayan declarado durante septiembre y luego declaren algo más en octubre, podrán retirar lo que declararon con anterioridad en septiembre, pero no podrán volver a blanquear.
-Si la persona blanquea hasta u$s100.000 podrá retirar el dinero sin pagar el impuesto especial del 5%. Los que declaren más de u$s100.000 deberán dejar el dinero hasta el 31 de diciembre de 2025 o podrán invertir en algunas de las opciones autorizadas por el gobierno como pueden ser bonos del Estado, ciertos fondos comunes de inversión y obras en construcción.
Cómo quedaron los nuevos plazos del blanqueo
En la primera etapa el impuesto especial es del 5% cuando se superan los u$s100.000. En la segunda es el 10% y en la tercera el 15%. Según quedó publicado en el Boletín Oficial los nuevos plazos son los siguientes:
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