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Fuente: Punto biz

Fallo dividido

Constructores tienen permiso para levantar edificios más altos en Rosario

Por Redacción

El Concejo aprobó un proyecto de la Intendencia que habilita a incrementar la altura de las plantas bajas.

El Concejo de Rosario votó una ordenanza que incrementa la altura de las plantas bajas, permitiendo de esta manera a los constructores elevar la altura de todos los nuevos edificios de Rosario. La iniciativa obtuvo despacho en las comisiones de Planeamiento y Gobierno y fue aprobada este jueves. El proyecto, que impuso el Ejecutivo municipal, dispone también ampliar la profundidad de los balcones de 1,20 a 1,50 metros.

 

A partir de un mensaje remitido por el Departamento Ejecutivo, con modificaciones planteadas en las diferentes reuniones de comisiones, se votó la ordenanza que establece para toda nueva construcción frentista que “los locales ubicados sobre la línea municipal tengan una altura mínima de planta baja de tres metros medidos desde el nivel de la vereda”.

 

Se precisa que la normativa no se aplicará para casos de vivienda individual ni para las parcelas de las áreas ubicadas en las áreas de tejido 3 -AT3- y 4 -AT4- que se encuentren comprendida dentro del ámbito de aplicación de la ordenanza Nº 9.608 Reordenamiento Urbanístico del Cordón Perimetral de la Ciudad de Rosario.

 

También se determina que “en función de promover la ejecución de balcones en los primeros pisos, en aquellas áreas en donde el Código Urbano requiera que los balcones y salientes se ubiquen por sobre los 4 metros de altura el incremento de altura que se materialice entre los 3 metros exigidos para la planta baja y los 4 para el balcón no se computará en el cálculo de altura máxima del edificio”. De igual modo se dispone que “el incremento de altura de planta baja no habilita la construcción de entrepisos” y que “para los locales frentistas se considerará una profundidad mínima de 3 metros y una superficie mínima de 16 metros cuadrados”.

 

El tema despertó cierta polémica, ya que detractores de la iniciativa aseguran que el proyecto favorece a desarrolladores inmobiliarios que podrán ahora sumar metros cuadrados en sectores donde hasta ahora no estaba permitido. En rigor, al permitir construir dos metros más de altura en las plantas bajas, retoca la normativa vigente y habilita más altura de la establecida hasta el momento.

 

También se aprobó una ordenanza, igualmente originada en un mensaje de la Intendencia que modifica la profundidad de los balcones. Dispone la ordenanza que “en los pisos altos, y con las limitantes que exija el Código Urbano en cuanto a alturas mínimas de salientes, según el sector urbano donde se emplaza, los balcones de fachada, cualquiera sea su orientación, podrán sobresalir hasta 1,20 metros de la línea municipal, conservando siempre como mínimo 0,50 metro entre la proyección del balcón o alero y la línea del cordón de la vereda”.

 

En tanto “en edificios frentistas a calles de ancho oficial igual o superior a 17 metros, cuyas veredas dan de ancho igual o superior a 2,50 metros, los balcones de fachada, cualquiera sea su orientación, podrán sobresalir hasta 1,50 metros de la línea municipal, conservando como mínimo un metro entre la proyección del balcón o alero y la línea del cordón de la vereda”.

 

Votaron de manera negativa la ordenanza de las alturas de plantas bajas los bloques Iniciativa Popular; Unidad Ciudadana; Frente de Todos-PJ, y Ciudad Futura-FSP; en tanto al votarse de manera particular, se opusieron a los artículos 21 y 22 los bloques Socialista y Rosario Progresista.

 

Por su parte la ordenanza de balcones fue votada de manera unánime.

 

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