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Economía

En Santa Fe

Salones de fiestas denuncian que Sadaic aún cobra por pasar música

Salones de fiestas denuncian que Sadaic aún cobra por pasar música

Por Redacción

El Gobierno había eliminado el canon. Señalan que pagan casi $500.000. 

Los propietarios de salones de fiesta en Rosario denunciaron que las entidades Sadaic (Sociedad de Autores y Compositores de Argentina) y Aadi-Capif (Asociación Argentina de Intérpretes y Corporación Argentina de Productores de la Industria Fonográfica) insisten en el cobro por la reproducción de música en sus eventos, a pesar de que un reciente decreto del gobierno nacional ha anulado dicho canon.

Este cobro, que asciende a $480.000, representa el costo de entre 8 y 10 invitados en el presupuesto de un evento. La controversia llegó hasta el Concejo Municipal.

Los salones argumentan que el decreto 765/2024, que modifica la Ley 11.723 sobre Protección de Derechos Intelectuales, ha eliminado la obligación de pagar derechos de autor en su contexto. Sin embargo, este cambio aún es objeto de debate entre las organizaciones de cobranza, Sadaic y Aadi-Capif. Ante esta situación, los dueños de salones han desarrollado un protocolo para manejar la visita de cobradores a sus eventos.

El nuevo decreto reemplaza el anterior 41.223/34 y proporciona una definición más clara sobre el uso libre de música, estipulando que la “representación o ejecución pública” se refiere únicamente a aquella que se realiza en un “espacio de acceso público, libre y dirigido a una pluralidad de personas”. Sin embargo, los inspectores siguen exigiendo el pago a los salones o a sus clientes.

Esto generó confusión sobre la correcta interpretación de la normativa vigente en materia de derechos de autor, especialmente sobre el alcance de las modificaciones introducidas por el decreto. Los organizadores de eventos sostienen que la distinción entre lo público y lo privado libera a los salones de la obligación de pagar derechos de autor.

Históricamente, los salones exigían a los clientes el pago de los derechos de autor antes de realizar el evento. Sin embargo, con la nueva normativa, muchos clientes se sienten respaldados por el decreto y se niegan a pagar, lo que complica la situación de los dueños ante las demandas de cobro.

La controversia llegó al Concejo, donde se ha presentado un pedido de informe para solicitar al Ejecutivo nacional que aclare la confusión respecto a la interpretación de la normativa: si es correcto exigir este pago y quién debe asumirlo (clientes, organizadores o dueños de locales) en caso de que sea aplicable.

Iván Hawryluk, presidente de la Cámara de Eventos y Afines de Santa Fe, comentó que el pedido de informe surge de una reunión con la cámara. Solicitamos que se pronuncien, ya que Sadaic continúa presionando con cobros inapropiados. "El decreto es claro: los eventos privados no deben abonar aranceles. Somos espacios privados, con lista de invitados y acceso restringido", afirmó.

Hawryluk explicó que antes del cambio, los clientes pagaban los aranceles y presentaban los recibos en los salones para poder llevar a cabo el evento. "En la actualidad, son los clientes quienes se niegan a pagar, amparándose en el decreto. Algunos, por miedo o presiones, aún continúan pagando, ya que los inspectores aparecen, toman fotos y amenazan con suspender la fiesta. Sin embargo, muchos no están cumpliendo con este pago", relató.

Además, mencionó que Sadaic amenaza con enviar cartas documento, trasladando la responsabilidad a los salones en lugar de a quienes organizan el evento. "Deberían enviarlas a quienes nos contratan, pero es más sencillo dirigirse al establecimiento. Por eso, hemos elaborado un protocolo para manejar estas situaciones", añadió.

El protocolo, elaborado por la Federación Argentina de la Industria de Eventos, subraya la importancia de definir qué constituye un evento privado, enfatizando que no debe estar abierto al público general y que "el acceso debe ser limitado y controlado, reservado solo para personas previamente invitadas y debidamente identificadas".

Asimismo, establece que el contrato de locación con el cliente debe incluir una cláusula de responsabilidad compartida que aclare que el evento tiene carácter privado y que "el contratante se responsabiliza de asegurar el cumplimiento de las condiciones necesarias para mantener la exención de pago de derechos de autor". Se adjuntará una declaración jurada del cliente.

Por último, el documento indica cómo actuar ante la llegada de inspectores, escribanos o cobradores, resaltando que no tienen derecho a ingresar al establecimiento sin una orden judicial válida. Es crucial que el personal de seguridad los reciba fuera de la propiedad, enfatizando el carácter privado del evento, y que estén capacitados para manejar estas situaciones adecuadamente.

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