Por Redacción
Los meses de enero y julio son fundamentales para la recategorización semestral de los monotributistas.
Este jueves 27 de julio vence el plazo para aquellos titulares del monotributo que deben realizar la recategorización ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El organismo oficializó días atrás la extensión del plazo para llevar adelante la operación. Paso a paso, todo lo que tenés que saber sobre el trámite para los monotributistas.
Cómo hacer la recatergorización
- Entrar a la página de AFIP | Monotributo.
- Ingresar con CUIL/CUIT/CDI y Clave Fiscal.
- Seleccionar la opción "Recategorización".
- Allí, el sistema mostrará la categoría vigente y los topes máximos.
- Luego, seleccionar la opción "Continuar recategorización".
- Informar el monto facturado en los últimos 12 meses.
- Ingresar los datos correspondientes a la actividad personal, según solicite el sistema.
- El sistema mostrará la categoría correspondiente.
-Verificar la información brindada.
- Si los datos son correctos, hacer clic en "Confirmar categoría".
- El sistema informará si la modificación se realizó de forma correcta y se podrá imprimir la credencial.
Categorías del Monotributo
- Categoría A de monotributo pasará de $ 999.657,23 a $ 1.414.762,58
- Categoría B de $ 1.485.976,96 a $ 2.103.025,45
- Categoría C de $ 2.080.367,73 a $ 2.944.235,60
- Categoría D de $ 2.583.720,42 a $ 3.656.604,33;
- Categoría E de $ 3.042.435,05 a $ 4.305.799,15.
- Categoría F de $ 3.803.043,82 a $ 5.382.248,94
- Categoría G de $ 4.563.652,57 a $ 6.458.698,71
- Categoría H de $ 5.650.236,51 a $ 7.996.484,11
- Categoría I de $ 6.323.918,55 a $ 8.949.911,06
- Categoría J de $ 7.247.514,92 a $ 10.257.028,68
- Categoría K de $ 8.040.721,19 a $ 11.379.612,01
Consideraciones para la recategorización
De acuerdo con el artículo 9° de la Ley 24.977, es necesario realizar un análisis de los últimos 12 meses en relación a los siguientes aspectos:
- Facturación
- Superficie utilizada para la actividad
- Consumo de energía eléctrica
- Monto de alquileres devengados
Los valores obtenidos en cada uno de estos parámetros deben compararse con la tabla proporcionada por la Afip (Administración Federal de Ingresos Públicos) para determinar la categoría correspondiente, que estará determinada por el parámetro más alto.
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