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Agro

🔒Le rechazaron apelación

No fue la vencida: tercer fracaso de Díaz y Forti para volver a vender granos

Tercer fracaso de Díaz y Forti para volver a vender granos,
Patricio Dobal

Un tribunal de alzada ratificó lo determinado en primera instancia y la firma sigue fuera del Registro de Operadores de la Cadena Agroindustrial.

Mientras sigue activo el concurso preventivo de acreedores que se abrió hace ya más de un año, la cerealera rosarina Díaz y Forti sufrió otro revés en la Justicia. Es que la Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario ratificó un fallo de primera instancia y la firma sigue sin poder operar en el mercado de granos. Antes, la empresa había intentado hacer lo propio en el fuero federal.

El dictamen tiene algunos días y lleva la firma de los jueces Edgar Bacarat, Avelino Rodil y Juan José Bentolila, quienes ratificaron lo dictaminado en su momento por el juez Civil y Comercial de la 7ma Nominación, Marcelo Quiroga quien había rechazado en primera instancia un planteo de la compañía solicitando volver a la escena comercial mediante la reincoporación en el Registro de Importadores y Exportadores dependiente de la Afip, el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (Ruca) y el mercado físico de granos de la Bolsa de Comercio de Rosario.

Los magistrados invocaron para sostener su argumentación los mismos elementos que precisó el juez Quiroga. De acuerdo al dictamen al que accedió Punto biz, el recurso de apelación interpuesto por los abogados de Díaz y Forti fue tildado por la Cámara como “una mera disconformidad con el fallo de primera instancia, sin lograr rebatir los fundamentos dados por el magistrado para resolver como lo hizo”.  

Por un lado el tribunal indicó que las medidas que hoy impiden a la concursada desarrollar regularmente su actividad son atribuibles a organismos federales, dispuestas en el marco de la legislación penal cambiaria y que fueron incluso confirmadas por la justicia federal. Dicha aseveración hace referencia a un dictamen que fue recurrido ante los Tribunales Federales, a resultas de lo cual el Juzgado Federal N° 3 de Rosario confirmó la resolución cuestionada.  

Para los magistrados de Cámara “no caben dudas de que las medidas dispuestas afectan la actividad de la recurrente y con ello la conservación misma de la empresa”. Ahora bien, el tribunal de alzada indicó que “la justicia o injusticia de lo resuelto por las autoridades administrativas y la justicia penal no puede en modo alguno ser dilucidada por el juez concursal, puesto que va más allá de su competencia”.  

Así, el trinomio Bacarat, Rodil y Bentolila coincidieron en rechazar el recurso de apelación, y en consecuencia, confirmaron la resolución del juez Quiroga de 5 de marzo de 2021.

La suspensión en el Ruca rige desde noviembre de 2020 y se concretó antes que la compañía entrara en concurso. La decisión oficial se precipitó luego que el Banco Central informara que la agroempresa incumplía con el 97,8% de sus obligaciones en materia de liquidación de divisas, teniendo un saldo pendiente de u$s450 M.

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