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Agro

¿Cómo sigue?

La Corte santafesina le bajó el pulgar al plan de pagos de Vicentin

Patricio Dobal

El dictamen significa un duro golpe para la conducción de la compañía que tiene muy afectada su disponibilidad de caja para financiar el giro ordinario. 

El directorio de la agroexportadora en default Vicentin SAIC sufrió un duro revés este martes con la definición de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe que por cuatro votos a favor y uno en disidencia determinó el rechazo de plan de pagos concursal de la propuesta que tenía el visto bueno de la Cámara de Apelaciones de Reconquista. 

La resolución incluye que el expediente vuelva a segunda instancia, se determine un tribunal subrogante -que en principio sería la Cámara Civil y Comercial de Rafaela- y este sea el que se pronuncie respecto del concurso preventivo. No obstante, la declaración de la Corte que declara como procedente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto sobre el fallo de segunda instancia por la firma Commodities representa un duro antecedente en la posibilidad de que prospere el plan de pagos de la compañía y deja más cerca el escenario de cramdown.

Precisamente la instancia de cramdown es el momento en que la propia Vicentin puede mejorar su propuesta de pagos, pero dicha alternativa en esa circunstancia carece de exclusividad, es decir que puede competir con el plan de un tercero que sea capaz de mejorar la oferta de cancelación de deuda y así quedarse luego con la explotación comercial de los activos del holding.

La decisión de los jueces de la primera magistratura santafesina además llega justo antes del vencimiento del contrato del Vicentin SAIC con tres compañías que le aseguraron mercadería para procesar en sus plantas del Gran Rosario. Con la resolución de la Corte, que no abre el cramdown pero lo deja cerca, resulta fundamental saber ahora lo que ocurrirá con ACA, Viterra y Bunge que son las que tres compañías que respaldan con fondos propios la hoja de ruta de Vicentin para cumplir con los acreedores porque hasta ahora veían que al final de camino se podían quedar con el control con los activos de la agroexportadora.

El dictamen contó con el único voto en disidencia de la jueza María Angélica Gastaldi frente a la postura del resto de los cortesanos que se inclinó por la inconstitucionalidad del fallo de los magistrados de Cámara de Reconquista. Se trata del último fallo resonante de la Corte con la confirmación actual, dado que la Legislatura santafesina aprobó el ingreso de tres nuevos miembros al máximo tribunal provincial.

De la resolución sobresalen tres elementos que fueron centrales para que se imponga la definición mayoritaria por el respaldo del recurso de inconstitucionalidad.

Se identificó una posible vulneración del principio de paridad entre acreedores. Se criticó la falta de transparencia y buena fe en la captación de votos para la homologación y se señaló que la propuesta podría perjudicar gravemente a ciertos acreedores, imponiéndoles un alto nivel de sacrificio en comparación con otros.

 

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