Por Redacción
Lo dispusieron de manera conjunta la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y el Instituto Nacional de Semillas (Inase).
El Gobierno nacional activó un nuevo protocolo para la identidad varietal de las semillas, a partir de muestras obtenidas en el primer punto de entrega del grano. Así lo dispusieron la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y el Instituto Nacional de Semillas (Inase), a través de la resolución conjunta 3/2026, que establece los principales parámetros de la medida.
La normativa, que fue publicada hoy en el Boletín Oficial, fue comunicada por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, a través de un mensaje posteado en su cuenta oficial de X. “Cada productor argentino va a tener la libertad de elegir este mecanismo y recuperar 30 años de atraso en la calidad de sus semillas. Gracias a esta actualización, se estima un incremento en las exportaciones en más de u$s4.000 M anuales”, explicó.
Si bien la medida ya había sido adelantada a las entidades de la Mesa de Enlace, fue el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien hizo públicos los cambios que se llevarían a cabo en la materia.
En este sentido, el pasado 12 de mayo, Sturzenegger adelantó en el congreso Jonagro que el Inase transferiría la potestad de fiscalización al sector privado y quedaría como tribunal de alzada ante eventuales conflictos.
“Vamos a generar el marco legal para que el que quiera traer una semilla de mayor productividad pueda hacerlo y el productor la pueda comprar”, sostuvo el ministro. Y llevó tranquilidad al sector al afirmar que “a ningún productor le vamos a cambiar su status quo” ni obligarlo a modificar su actual forma de trabajo.
El protocolo
La medida establece que el muestreo alcanzará a la totalidad de las entregas efectuadas por los agricultores de las especies que cuenten con un método de identificación varietal aprobado por el Inase.
Asimismo, el nuevo modelo plantea que en el primer punto de entrega del grano (un acopio, por ejemplo) se tomarán muestras que podrán ser utilizadas no solo para realizar análisis de condiciones típicas de calidad o humedad sino también para identificar la variedad utilizada.
En este sentido, Agricultura explicó que “las muestras solo podrán ser analizadas por las Cámaras Arbitrales o entidades privadas que hayan suscrito convenios o estén habilitadas por el Inase para identificar la variedad vegetal”.
"El análisis de identidad varietal deberá efectuarse mediante los métodos reconocidos por el referido Inase. La porción de muestra analizada y la muestra de respaldo, deberán ser conservadas en un sobre perfectamente rotulado y cerrado por el plazo de 60 días corridos desde la fecha de emisión del certificado de análisis", agrega la normativa.
Además, la resolución establece que las Cámaras Arbitrales y/o las entidades privadas que hayan suscrito convenios con el citado Inase y/o entidades privadas habilitadas por el mencionado Instituto Nacional, deberán remitir los resultados de los análisis de identidad varietal, inmediata y simultáneamente, al titular de la variedad que surja del Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares y, a título informativo, al titular de la muestra analizada.
"Recibida la información detallada en el artículo precedente, el titular de la variedad identificada podrá efectuar la denuncia correspondiente ante el mencionado Inase días corridos desde la fecha de emisión del certificado de análisis. En este caso, el titular de la variedad solicitará a la entidad que realizó el análisis que remita al precitado Inase muestra de respaldo y la porción de muestra analizada", agrega el escrito.
A esto agrega que "dicha acción suspenderá automáticamente el plazo de conservación de la muestra de respaldo y de la porción analizada previsto en el Artículo 5° de la presente medida, las cuales deberán ser retenidas por la entidad analizante hasta su remisión al referido Inase. Adicionalmente, el titular de la variedad podrá promover las acciones que considere correspondan".
A partir de esto, el escrito indica en su artículo 8° que "una vez recibidas las muestras mencionadas en el artículo precedente, el citado Inase dará curso a las acciones sumarias que estime pertinentes".
“El objetivo de este nuevo esquema es garantizar el correcto uso de las variedades protegidas, la transparencia en el mercado de semillas, proteger los derechos de los obtentores y sobre todo constituye un incentivo clave para fomentar la inversión en el desarrollo de nuevas variedades y el incremento de la productividad del sector agroindustrial”, sostuvo la cartera nacional.
Por último, cabe destacar que este protocolo se aplicará a los nuevos cultivares que resulten inscriptos en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares y en el Registro Nacional de Cultivares a partir de la publicación de la Resolución.
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