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Economías regionales: el listado de requisitos a cumplir para exportar a $300

Economías regionales: el listado de requisitos a cumplir para exportar a $300.

Por Redacción

A través del Boletín Oficial, la Secretaría de Comercio aclaró las condiciones del programa.

A medida que pasan las jornadas y pese a que es una medida que ya está vigente, se van conociendo detalles del trámite a cumplir por quienes representan a economías regionales contempladas en el nuevo dólar agro y pretenden exportar a $300.

Por lo pronto, este martes a travé del Boletín Oficial, la Secretaría de Comercio estableció los requisitos que deberán cumplir los productores. La nómina no es tan sencilla.

-En primer lugar, deberán informar o acompañar lo requerido a través del Portal de Autogestión sobre Acuerdo de Precios de Comercio: "La información cargada en el Portal de Autogestión sobre Acuerdo de Precios revestirá el carácter de declaración jurada", indican.

-El Gobierno, de esta forma, podrá solicitar a las economías regionales que acceden al dólar agro toda aquella documentación o información que considere pertinente para la adecuada gestión del Programa “Precios Justos”.

-Desde Comercio establecen que las economías regionales deberán vender las mercaderías que ellos comercializan o proveen durante el plazo que se iniciará con la aceptación de la adhesión y hasta el 31 de agosto de 2023.

-Al mismo tiempo, de acuerdo al nivel de exportaciones de cada empresa, Comercio establece un aumento limitado de los precios. En el mejor de los casos, establece un aumento de hasta el 3,2% mensual en los productos que se deben ofrecen dentro del acuerdo de precios. También aclaran que Comercio podrá adecuar lo previsto, teniendo en cuenta que los porcentajes de variación de precios aquí establecidos constituyen una base que podrá ser incrementada, cuando sea estrictamente necesario.

-Aclaran que la carga de la información o documentación referida en el Portal de Autogestión sobre Acuerdo de Precios no implicará la adhesión automática a los términos de la presente medida. En consecuencia, una vez que la información o la documentación sea cargada a dicho portal, se analizará si el sujeto en cuestión cumple con los requisitos que establece la normativa que le resulte aplicable para suscribir los acuerdos de precios en los términos regulados.

-De esta forma, se comunicará, de corresponder, que ha sido aceptada la adhesión al dólar agro, enviando un correo electrónico al mail que fuera informado en el Portal de Autogestión sobre Acuerdo de Precios.

-Toda notificación que se efectúe en el marco de la presente medida se realizará al correo electrónico y se considerará debidamente cursada en la fecha de su envío.


"Cualquier restricción al número de las mercaderías disponible para la venta deberá ser previamente autorizada la Secretaria de Comercio", aclaran y añaden: "La obligación de venta al consumidor de dichos productos no podrá estar sujeta a la compraventa de otros productos o a cualquier condición no prevista en la presente medida".

Adicionalmente, se establece que la señalética del Programa “Precios Justos” deberá ser utilizada por los mencionados sujetos en su folletería, páginas web, plataformas digitales y/o cualquier otro material o medio de difusión relacionado con su respectivo negocio, en el que se haga mención al referido Programa o a los productos incorporados al mismo, respetando la descripción técnica aprobada por la Subsecretaría.

Los que se sumen al programa, también deberán exhibir un cartel en el ingreso de cada sucursal, informando la adhesión al Programa “Precios Justos” en función de lo previsto en la presente medida y consignar de forma cierta, clara y detallada en las góndolas los productos alcanzados por lo dispuesto en esta resolución, debiendo informarse que se trata de mercadería alcanzada por el Programa “Precios Justos”, identificando los productos con la señalética correspondiente.

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