Por Redacción
Multaron al colegio inmobiliario porteño por una práctica denunciada por varios operadores de la cadena. Por qué salpica al resto del país.
La disputa entre RE/MAX Argentina y los colegios inmobiliarios sumó un nuevo capítulo. La Autoridad Nacional de la Competencia (ANC) multó con $290 M al Colegio Profesional Inmobiliario de Buenos Aires (CPI), anteriormente conocido como Cucicba, por abuso de posición dominante.
La resolución nacional, emitida el 9 de octubre, determinó que la entidad porteña utilizó sus facultades regulatorias y disciplinarias para obstaculizar el trabajo de corredores vinculados con Remax. Además de la sanción económica, el organismo ordenó terminar con las prácticas discriminatorias y recomendó revisar los requisitos para ejercer la profesión en el país.
El conflicto por el sistema de franquicias también enfrentó a la compañía con el Colegio de Corredores Inmobiliarios de Rosario (Cocir) y llegó a los tribunales santafesinos.
El expediente comenzó en 2021, cuando la empresa y diez corredores asociados denunciaron restricciones administrativas, sanciones y obstáculos para obtener o mantener sus matrículas. La investigación detectó que, pese a representar menos del 2% de los profesionales registrados en la Ciudad de Buenos Aires, los integrantes de la red concentraron el 20% de las causas disciplinarias iniciadas desde 2016.
También se identificaron 23 solicitudes de matriculación rechazadas y al menos 34 declaraciones juradas observadas o rechazadas. Para Defensa de la Competencia, esas decisiones limitaron el acceso de los profesionales al mercado y favorecieron a sus competidores.
Una pelea que también llegó a Rosario
El enfrentamiento tiene antecedentes concretos en el mercado inmobiliario rosarino. A mediados de la década pasada, Cocir impulsó procedimientos disciplinarios contra corredores vinculados con Remax por permitir que personas sin matrícula desarrollaran tareas reservadas a profesionales habilitados.
La controversia giró alrededor del modelo comercial de la compañía, que combina corredores matriculados con agentes independientes que trabajan bajo una misma marca. Desde el colegio rosarino cuestionaron esa modalidad por considerar que podía facilitar el ejercicio irregular del corretaje inmobiliario.
En distintos expedientes, el Tribunal de Ética y Disciplina de Cocir dispuso suspensiones de matrícula de hasta 18 meses. Las medidas fueron apeladas y varios casos llegaron a la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, que intervino durante 2019 en los planteos contra las sanciones impuestas a profesionales vinculados con la red.
Los desacuerdos continuaron en los años posteriores. A fines de 2021, Cocir publicó una sanción de seis meses de suspensión contra Jésica Tobio, corredora responsable de Remax VIP, por un expediente disciplinario vinculado con una operación inmobiliaria. La medida rigió entre enero y junio de 2022 y respondió a una causa distinta de la discusión general sobre las franquicias.
¿Qué puede cambiar para las inmobiliarias?
La decisión de Defensa de la Competencia no se limitó a sancionar al colegio porteño. También abrió la puerta a una eventual modificación de las reglas que regulan el negocio inmobiliario en Argentina.
El organismo recomendó al Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado evaluar una reforma de la Ley 20.266, que regula el ejercicio profesional a nivel nacional. Entre las alternativas planteadas figura que la matrícula deje de ser obligatoria y pase a tener carácter voluntario.
También propuso revisar la exigencia de contar con título universitario y acreditar más de un año de domicilio en la jurisdicción donde se solicita la inscripción. Para la Ciudad de Buenos Aires, sugirió establecer mayores controles sobre las facultades disciplinarias del colegio y garantizar que los corredores puedan organizar su actividad mediante sociedades, franquicias o redes comerciales.
Sin embargo, esas recomendaciones todavía no constituyen cambios normativos. En Santa Fe, la actividad está regulada por la Ley 13.154, que establece la obligatoriedad de la matrícula profesional y atribuye a los colegios de corredores las funciones de habilitación y fiscalización.
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