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Negocios

¿Cómo se hace?

Hasta cuándo hay tiempo para sumar empresas al Repro II

Hasta cuándo hay tiempo para sumar empresas al Repro II

Por Redacción

Desde este lunes se activó el trámite para solicitar asistencia estatal para liquidar los sueldos de marzo

El Gobierno Nacional abrió la inscripción al Programa de Recuperación Productiva (Repro) II, por lo que desde este lunes las empresas ya se pueden anotar para recibir la ayuda estatal para el pago de los salarios correspondientes al mes de marzo, en el marco de la crisis económica agravada por la pandemia del coronavirus.

El periodo para solicitar este beneficio ya comenzó y finalizará el próximo sábado 27 de marzo, según se informó días atrás mediante la Resolución 141/2021 del Ministerio de Trabajo, publicada en el Boletín Oficial.

En ese texto, las autoridades nacionales también determinaron las pautas a considerar respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al Repro II, y aclararon que los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación son febrero de 2020 y de 2021.

Asimismo, señalaron que no se deberá considerar esa facturación para las empresas que iniciaron sus operaciones el 1 de diciembre de 2019; y puntualizaron que el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia es febrero pasado.

La Resolución, además, remarcó que la empleadora o el empleador que haya iniciado su actividad en una fecha posterior al 12 de marzo de 2020, se considerará a los efectos del programa, la actividad económica vigente al momento de la inscripción.

La medida fue diseñada por el Poder Ejecutivo para sostener el empleo en sectores con dificultades económicas, y asistir a las empresas. El programa consiste en el pago de una suma mensual a los trabajadores a cuenta de sus correspondientes remuneraciones.

En la edición pasada, cuando el Gobierno ayudó a pagar los salarios de febrero, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) registró la inscripción de 554.000 trabajadores y un total de 15.000 empresas.

El monto de la asistencia es variable según el sector en que la empresa desarrolle sus actividades, pero para los encuadrados en actividades no críticas es de $ 9.000, para los que son considerados críticos de $ 12.000, y para el sector salud de $18.000, por trabajador.

Para acceder el beneficio, el empleador deberá iniciar el trámite correspondiente a través de la página de la AFIP y, una vez confirmados los datos de facturación, será redireccionado a la página del Ministerio de Trabajo para completar la solicitud.

En caso de corresponder, se les pedirá un conjunto de indicadores económicos, patrimoniales y financieros: Balance del último ejercicio (2019 o 2020) y Declaración jurada del empleador o empleadora, o representante legal, de la veracidad de la información incluida en el Informe Socio-Económico-Laboral.

El Repro se creó para ayudar desde el Estado a “los empleadores cuyas actividades no se encontraran incluidas en la nómina de sectores críticos” del ATP, otro programa de asistencia que se implementó durante la cuarentena y ya no se encuentra vigente.

Sin embargo, a mediados de noviembre del año pasado, cuando se lanzó la segunda edición de este plan, se introdujeron nuevas condiciones para las empresas, como que la inscripción para recibir esta ayuda fuera mensual.

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