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Economía

Idas y vueltas

Reforma laboral: la CGT va contra el fallo que mantiene activa la ley

Reforma laboral: la CGT apeló el fallo que mantiene activa la ley

Por Redacción

La central obrera reclamó, además, la recusación de los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, firmantes de la sentencia.

La Confederación General del Trabajo (CGT) formalizó objeciones contra el fallo de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que concedió efecto suspensivo al recurso del Estado y dejó sin efecto la cautelar que cuestionaba la Ley de Modernización Laboral.

A través del abogado Pablo Topet, la central obrera reclamó, además, la recusación de los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, lo firmantes de la sentencia que revirtió la medida cautelar del juez Horacio Ojeda, que había frenado más de 80 artículos de la lay.

La CGT impugna a Pesino con el argumento de “falta de imparcialidad” tras conocerse que el Poder Ejecutivo inició el trámite para extender su mandato por 5 años (cumple 75 años en junio) apenas un día después de su fallo a favor del Gobierno. Se alega en la presentación judicial que recibió un “beneficio de importancia” del Estado Nacional.

A González, en tanto, se la acusa de prejuzgamiento, al haber adelantado opinión sobre el fondo de la cuestión al afirmar que los trabajadores no son “sectores socialmente vulnerables” y que sus derechos no son de “naturaleza alimentaria”, según la presentación judicial que hizo la CGT.

La CGT sostiene que la Sala VIII carecía de competencia para intervenir con el argumento de que “ya había intervenido previamente en causas conexas (como el amparo de la Asociación de Agentes de Propaganda Médica), por lo que debía concentrar todos los recursos del caso para asegurar la coherencia judicial”. Además, el asesor legal de los gremios señaló que la sala “dictó su resolución con una “insólita premura”, sin dar traslado a la CGT y sin esperar a que se consintiera su radicación".

La CGT alega que suspender la cautelar permite la vigencia de normas que cercenan derechos constitucionales (como la huelga y la libertad sindical) antes de que se dicte una sentencia definitiva, y pide la intervención de la Sala I para que resuelva sobre la nulidad y la validez de lo actuado.

La medida cautelar de Ojeda había frenado por tres semanas la implementación del Fondo de Asistencia Laboral(FAL), las limitaciones al derecho a huelga por sectores de actividad, el cálculo de las indemnizaciones sin contemplar los aguinaldos y otros pagos, la creación del banco de horas, la fragmentación de las vacaciones, el pago en cuotas de las indemnizaciones, el traspaso de la Justicia nacional laboral a la ciudad de Buenos Aires y la derogación de la Ley de Teletrabajo, entre otros puntos de la iniciativa denominada de “modernización laboral”.

Pero Pesino y González dejaron en suspenso esa decisión, por lo que ley volvió a estar en vigencia hasta que se resuelva la cuestión de fondo, que podría ser con la intervención de la Corte Suprema de Justicia.

Según surge de la resolución de Cámara, el Estado había apelado esa decisión y el recurso fue concedido el 7 de abril “en relación y con efecto devolutivo”, lo que implicaba que la cautelar seguía vigente durante la tramitación de la apelación. Frente a esta situación, el Estado se presentó en queja para que se modificara el efecto del recurso y se le otorgara carácter suspensivo.

La Sala VIII hizo lugar a ese planteo y fundó su decisión en lo dispuesto por el artículo 13, inciso 3, de la Ley 26.854, que regula las medidas cautelares contra el Estado. Esa norma establece que cuando una cautelar suspende, total o parcialmente, los efectos de una disposición legal, la apelación debe concederse con efecto suspensivo, salvo que se verifiquen supuestos excepcionales vinculados a la tutela de derechos especialmente protegidos.

Para los camaristas González y Pesino, “la medida cautelar [de Ojeda] suspendió la vigencia de una gran cantidad de artículos de una ley del Congreso y esta circunstancia torna aplicable la norma antes aludida”.

Un día después de haber fallado a favor de la ley de modernización laboral, el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, activó el trámite para prorrogar la magistratura de Pesino, quien en junio debería dejar la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo por haber cumplido 75 años.

La decisión del Gobierno de impulsar a Pesino apenas unas horas después de haber votado a favor de la reforma laboral motivó reacciones en la oposición. “Otra vez la sospecha de corrupción descarada para conseguir y sostener las leyes de Milei y el poder económico. En este caso, la ‘devolución de favores’ es para el Juez Víctor Pesino de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. En el día de ayer, este juez hizo uso de una maniobra legal para otorgar vigencia a la reforma laboral y suspendió la medida cautelar que la había frenado. ¿Qué recibió Pesino a cambio? Solo un día después, el Poder Ejecutivo dio curso a la solicitud de Pesino para seguir en su cargo luego de los 75 años", escribió la diputada nacional Myriam Bregman en su cuenta de la red social X.

El senador nacional Mariano Recalde (PJ) también expresó su rechazo por la decisión de Mahiques. “Un intercambio obsceno, a la vista de todos. La casta protegida y los trabajadores con menos derechos”, dijo Recalde.

“Hace un rato acabamos de recusar a los jueces, tanto a Pesino como a González, por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, publicando en la boletina oficial la extensión de cinco años más para uno de los jueces. La verdad que genera un manto de duda y de sospecha y de duplicidad que... que nosotros vamos a dejar pasar, así que nuestro equipo jurídico acaba de recursar a los jueces. Al ya estar apelada. Pedimos y planteamos la nulidad de la sentencia”, dijo Cristian Jerónimo, integrante del triunvirato de mando de la CGT.

 

 

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