Por Redacción
En provincias como Neuquén será opcional en comercios, cines y teatros, al igual que en las escuelas.
Aunque todavía sigue rigiendo el uso de barbijo en espacios cerrados de ingreso público y al aire libre con conglomeración de gente, la ministra de Salud provincial Sonia Martorano anticipó que “se revisará la medida para ambientes cerrados a raíz de la evolución favorable de la pandemia de coronavirus en Santa Fe”.
En algunas provincias como Córdoba la novedad fue que el uso de tapabocas será opcional en espacios abiertos y se eliminan los aforos en todas las actividades. Por su parte, desde este martes en Neuquén es "voluntario y opcional" llevar barbijos en comercios, cines y teatros, al igual que en todas las escuelas de la provincia.
Nuevas disposiciones provinciales
- Tapabocas y ventilación: las personas deberán utilizar tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos. El uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón será obligatorio en espacios cerrados de ingreso público y al aire libre cuando se diera la concurrencia simultánea o la cercanía de personas ajenas al grupo conviviente. Se deberán ventilar los ambientes en forma adecuada y constante.
- Higiene: las personas deberán higienizarse asiduamente las manos, para lo cual quienes organicen o desarrollen las distintas actividades deberán proveer de los elementos correspondientes para ese fin.
- Casos confirmados y sospechosos: en ningún caso podrán circular y, menos aún, tomar intervención las personas que revistan la condición de "caso confirmado", "caso sospechoso" o "contacto estrecho" de Covid-19 conforme las definiciones establecidas por la autoridad sanitaria; ni quienes deban cumplir aislamiento social.
- Mayores de 13: exigiendo que toda persona que haya cumplido los trece (13) años de edad y tome intervención o asista a alguna de las actividades precisadas en el Decreto N° 2915/21, acreditar que posee un esquema de vacunación completo contra la Covid-19, aplicado al menos catorce (14) días corridos antes de la asistencia a la actividad o evento, exhibiéndolo ante el requerimiento de personal público o privado designado para su constatación, y al momento previo de acceder a la entrada del evento o actividad.
- Máximo aforo: pudiendo habilitarse la ocupación de la superficie destinada a las actividades hasta el máximo del aforo autorizado.
- Excepciones: además, el gobierno de la provincia a través de la Resolución Nº 0121 comunicó que exceptuó a personas de la exigencia del denominado “pase sanitario” establecido por Decreto Nº 2915/21 para participar de las actividades en las que resulta exigible. La medida alcanza a quienes presentan contraindicación absoluta de la segunda dosis de la vacuna de Covid-19 por sus condiciones médicas denunciadas y comprobadas, conforme lo establecido por el Comité Nacional de Seguridad en Vacunas (CONASEVA), dependiente de la Dirección de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles (DICEI).
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