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Economía

Puntos salientes

Qué cambiará para los repartidores de apps con la reforma laboral

Qué cambiará para los repartidores de apps con la reforma labora

Por Redacción

Autonomía, transparencia, seguros y aportes, entre los principales ejes. 

En medio del crecimiento sostenido del trabajo por aplicaciones, la reforma laboral que obtuvo media sanción en el Senado busca ordenar un terreno hasta ahora gris: establece un marco específico para repartidores y conductores de plataformas como Rappi, Pedidos Ya, Uber, Cabify y similares. El proyecto ratifica que estas personas no serán consideradas empleados en relación de dependencia, sino “prestadores independientes de plataformas tecnológicas”.

La definición abarca a quienes acuerdan, de forma autónoma, brindar servicios privados de reparto y/o movilidad a usuarios a través de una app. Con esa categoría, el texto incorpora derechos concretos para los trabajadores y, al mismo tiempo, fija obligaciones para las empresas que administran las plataformas.

# Más libertad de conexión y elección

Uno de los cambios centrales es que el prestador podrá conectarse libremente a cualquier aplicación disponible. Esto implica, en la práctica, poder manejar horarios, tiempos de conexión y hasta trabajar en más de una plataforma, además de aceptar o rechazar pedidos según conveniencia, sin necesidad de justificar la decisión.

También se reconoce el derecho a elegir el medio de transporte —bicicleta, moto, auto u otro autorizado— siempre que cumpla con las exigencias legales vigentes.

# Transparencia sobre cómo “califica” la app

El proyecto incorpora un punto sensible para el trabajo en plataformas: la información sobre el funcionamiento interno del sistema. La reforma dispone que los prestadores tendrán derecho a conocer los criterios de agrupación y categorización que usan las apps para ordenar servicios y asignar tareas.

Esa información deberá estar explicada en lenguaje claro y disponible de manera digital, siempre que no afecte el secreto comercial de la empresa. La intención es aumentar la transparencia en una relación donde, muchas veces, los trabajadores no saben por qué reciben (o dejan de recibir) determinados pedidos.

# Qué deberán cumplir las plataformas

Entre las obligaciones para las empresas, el texto plantea que deberán:

- brindar datos suficientes para que el prestador decida si acepta o rechaza un servicio;

- respetar la libertad de conexión;

- ofrecer información digital sobre seguridad vial y pautas del servicio;

- facilitar elementos de seguridad vial según el tipo de vehículo;

- mantener un sistema simple y disponible para que usuarios reporten quejas y se tramiten reclamos;

- habilitar canales de atención con operadores, con rol auxiliar, para consultas o explicaciones sobre decisiones que afecten el trabajo.

Además, si la plataforma restringe o suspende el acceso total o parcial a la cuenta, deberá explicar los motivos. Y el trabajador podrá interactuar con operadores y ejercer su derecho a réplica.

# Obligaciones para repartidores y conductores

La norma también fija responsabilidades para los prestadores independientes. Entre ellas:

- ser titulares de la cuenta con la que operan;

- inscribirse ante las autoridades fiscales y mantener al día obligaciones tributarias y de seguridad social;

- pagar aportes que habiliten acceso a prestaciones como la Prestación Básica Universal (PBU), cobertura de salud y pensiones (invalidez o fallecimiento);

- informar una cuenta bancaria o billetera virtual (CBU/CVU) para cobros;

- respetar normas de tránsito mientras prestan el servicio.

# Capacitación y seguro por accidentes

Otro capítulo relevante es el de formación y cobertura de riesgos. La reforma obliga a las plataformas a ofrecer capacitaciones gratuitas, tanto sobre el uso de la infraestructura digital como sobre interacción con usuarios.

En seguridad vial, prevé un programa formativo con foco en reglas de tránsito, convivencia en la vía pública y uso correcto de elementos de protección personal, con costo a cargo de las plataformas.

En cuanto a riesgos, el proyecto indica que los prestadores deberán contar con un seguro de accidentes personales provisto por la plataforma, que contemple fallecimiento accidental, incapacidad total o parcial, gastos médicos y farmacéuticos y costos funerarios. El texto aclara que el financiamiento del seguro será parte de un acuerdo entre las partes y que esto no constituye indicio de relación laboral.

# Qué se mantiene

La reforma también explicita criterios de autonomía: el prestador podrá cobrar mediante la aplicación y conservar el 100% de las propinas, incluso si la plataforma sugiere montos. No habrá exigencia de conexión mínima ni obligación de aceptar pedidos, y podrá interrumpir el uso de la app sin aviso previo (salvo eventuales responsabilidades civiles).

Asimismo, podrá operar dentro de la zona de cobertura definida por la plataforma y elegir el recorrido que considere más conveniente, use o no la ruta sugerida por la app, siempre que no perjudique al usuario.

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