Por Redacción
La Cámara de Diputados sancionó un nuevo régimen.
La Cámara de Diputados logró la aprobación definitiva de la reforma de la Ley de Alquileres, que fue sancionada en junio de 2020. Se ha confirmado la victoria del dictamen que surgió desde la Cámara Alta de hace unos días. Los cambios principales al proyecto impulsado por los senadores oficialismo proponen modificaciones sustanciales en algunos de los puntos más polémicos. Por ejemplo, la duración de los contratos, se mantendrá a tres años y el valor se actualizará cada seis meses utilizando el coeficiente Casa Propia, el mismo que utiliza el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat nacional en los planes Procrear II.
Qué pasa con los contratos ya firmados
Puede surgir la duda en los inquilinos y propietarios de los alcances de la nueva normativa en relación con los contratos que fueron firmados y todavía están vigentes. Más allá de que todavía falta la promulgación de la nueva ley para que ésta rija, el Código Civil y Comercial es claro sobre qué hacer en el caso de los acuerdos firmados bajo la anterior Ley de Alquileres.
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El artículo 7 de ese cuerpo legal establece que “las nuevas leyes supletorias no son aplicables a los contratos en curso de ejecución”. De esta manera, se debe respetar el formato y los aumentos que fueron firmados en su momento.
Así es que los contratos firmados bajo la actual normativa siguen vigentes hasta su conclusión. Quien firmó un acuerdo a tres años con ajustes interanuales permanecerá en la vivienda hasta 2026
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