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Agro

Si cae el concurso

Plan B de Lorenzini para Vicentin: un cramdown para abril de 2023

Lorenzini extendió el plazo concursal de Vicentin.
Patricio Dobal

Si bien le dio más plazo a la empresa para presentar conformidades, el juez pintó un escenario para un eventual fracaso del plan de la agroexportadora.

Aunque el juez Civil y Comercial de Reconquista, Fabián Lorenzini, dio una señal con su dictamen y apuesta a que Vicentin logre cosechar los avales necesarios para que prospere su propuesta de liquidación concursal que estipula un primer pago inmediato a todos los acreedores, también dejó la puerta abierta a un eventual fracaso de la alternativa que promueve la agroexportadora en default.

La definición del magistrado se dio en el marco del dictamen en el que extiende el período de exclusividad hasta el 30 de junio. En dicho documento al que tuvo acceso Punto biz, Lorenzini analizó qué efectos tendría la prolongación de la exclusividad si es que para el mes de julio Vicentin no consigue las mayorías necesarias para hacer caminar su propuesta. Es que a partir de allí entraría en vigencia el denominado cramdown, etapa en al que eventuales interesados podrán formular una propuesta de rescate de Vicentin y lograr un acuerdo con los acreedores.

El análisis del juez estipula que en un escenario de alongamiento y eventual cramdown posterior, el plazo para obtener acuerdos vencería el 19/5/2023; y destaca que de no haber extendido la exclusivdad y decretado la apertura inmediata del período de concurrencia, dicho plazo vencería el día 8/3/2023, es decir apenas 10 semanas antes.

Ponderó así que dada la extensión que finalmente salió para permitir reunir las cantidades de adhesiones legalmente exigibles (homologación mediante), posibilitaría que los acreedores reciban los primeros pagos proyectados, durante el año 2022. Dichos escenarios están construidos computando al menos 4 meses de trabajo para realizar la valuación de las acciones de la compañía en el marco del artículo 48 de la Ley de QUiebras y Concursos.

Pensando siempre en una hipótesis de cramdown, Lorenzini indicó en sintonía con los interventores de la empresa que dicho esquema podría optimizarse. Asegura que existe información calificada en el expediente acerca de los activos, unidades de negocios, flujo de
fondos, contratos e inclusive sobre las posibles contingencias negativas. Hecho que facilitaría las evaluaciones.

Así, siempre de acuerdo al escrito, “podría definirse de antemano un método de tasación que resulte específico para el caso puntual de Vicentin SAIC. De tal forma, cualquiera de los esquemas tentativos de concurrencia (cramdown) puede mejorarse, utilizando la información disponible, los recursos humanos y técnicas aplicables”.

“El plazo adicional que solicitó la sociedad concursada, no deberá incidir negativamente en un esquema de concurrencia o cramdown exitoso cuya finalización, en cualquier escenario, no debería prolongarse más allá del mes de abril de 2023  e incluso antes, si ello fuera indispensable para asegurar la continuidad de la empresa y su mejor explotación, considerando el ciclo de siembra-cultivo-comercialización de la cosecha de grano grueso en la Argentina”, asegura Lorenzini en su dictamen.

Los requisitos

Así como no desestima la figura de una eventual cramdown, en su último escrito el magustrado es claro respecto de las condiciones que debe acatar quien decida postularse para quedarse con los activos de Vicentin. La jugada tampoco será gratuita:

-Deberán acreditar un interés serio, capacidad técnica y económica acorde a la magnitud de la empresa en crisis, evitando así alongamientos innecesarios y un desgaste jurisdiccional evitable.

-Para favorecer la seriedad de las postulaciones, al momento de solicitar su inscripción en el Registro de Oferentes, deberán explicitar la composición del management que estará frente a Vicentin SAIC según su propuesta y un plan de negocios debidamente fundado en los datos obtenidos conforme a la información obtenida de manera precedente y/o de toda otra fuente de información, dando cuenta de las mismas.

-El plan de negocios debe considerar todo el complejo fabril de la empresa, incluyendo el las instalaciones industriales de Avellaneda.

-Los postulantes deben acreditar solvencia mediante la demostración de las fuentes de financiamiento comprometidas para las operaciones a desarrollar, asegurando de manera excluyente, la continuación de las fuentes y puestos de trabajo existentes.

-Para formalizar la inscripción en el registro de oferente, se deberá efectuar un depósito cuyo importe y moneda se establecerán oportunamente, en la cuenta judicial abierta para este expediente (o seguros de caución a satisfacción del Juzgado). El 25% de tales sumas se afectarán para cubrir gastos de justicia del concurso y de este proceso en particular, restituyéndose el saldo a quienes no resultaren adjudicatarios.

 

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