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Agro

El juez ante la Corte

Lorenzini defendió en un escrito lo actuado en el concurso de Vicentin

Lorenizni defendió lo actuado en el concurso de Vicentin en un escrito.

Por Redacción

El magistrado de Reconquista presentó un documento con el que acompañó el cuerpo principal del expediente remitido al máximo tribunal de Santa Fe.

A poco más de una semana de la formalización del pedido de avocación, firmado por el presidente de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Rafael Gutiérrez, el juez Civil y Comercial de la 2da Nominación de Reconquista, Fabián Lorenzini, defendió lo actuado en el concurso preventivo de Vicentin en un escrito ala que tuvo acceso Punto biz y que el personal de su juzgado acercó al Palacio de Tribunales de la capital provincial este viernes.

Lorenzini defendió todo lo actuado en el marco de la convocatoria de acreedores y resaltó inclusive que algunas definiciones que dictaminó fueron criticadas por la propia Vicentin. Entre las medidas que enumeró el magistrado de primera instancia figuran el pedido de una auditoría forense y la decisión incorporar un cuerpo de interventores quienes en definitiva son los que posibilitaron desnudar las maniobras a través de las cuales la agroexportadora “maquilló” balances.

Vale recordar que la decisión de la Corte Suprema de intervenir el concurso y poner en pausa los plazos procesales del expediente llegó tras un planteo de la firma Commodities SA, sociedad comandada por al familia Grassi, que como acreedores en la convocatoria han sido de los más insistentes a la hora de rechazar el plan de pagos que promueve Vicentin e inclinarse por la alternativa del cramdown. El titular del holding, Mariano Grassi, incluso se mostró a favor de una figura mixta para el futuro de los activos de Vicentin con intervención estatal, tal como lo han dejado deslizar en los últimos días desde Banco Nación y hasta el propio presidente Alberto Fernández.

En el escrito que redactó Lorenzini se destaca la defensa del artículo 52 de la Ley de Quiebras y Concursos que pone en relevanci el acto de homologación del acuerdo preventivo derivado de la conformidades mediante doble mayoría y la definición final del magistrado actuante. De esta manera el juez intenta manifestar que no es el momento para juzgar la legalidad o no del trámite concursal.

Lorenzini instó por lo tanto en que la instancia de eventual homologación iba a llegar luego del 30 de junio, fecha en la cual vencía el plazo de Vicentin para presentar las conformidades. Lo cierto es que los plazos en cuestión ahora fueron suprimidos antes de la decisión del máximo Tribunal de intervenir el expediente.

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