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Política

Define la Corte

Otro revés judicial para el Gobierno por el DNU de Milei

Otro revés judicial para el Gobierno por el DNU de Milei

Por Redacción

Un juzgado rechazó dos amparos que reclamaban la inconstitucionalidad de todo el decreto.

Siguen los reveses para el Gobierno por el mega DNU de desregulación de la economía. La Cámara Federal rechazó la presentación de la jefatura de Gabinete, liderada por Nicolás Posse, y confirmó que el reclamo de la CGT de suspensión de una parte del capítulo de desregulación económica debe mantenerse en el fuero laboral. Otro juzgado rechazó dos amparos que reclamaban la inconstitucionalidad de todo el decreto.

En este escenario la Corte Suprema deberá definir, por un lado, si pese a que la Cámara concedió el recurso a la Corte por la apelación del Estado contra la medida cautelar que tiene suspendido una parte del DNU abre el recurso extraordinario y, en ese caso, si confirma o deja sin efecto la medida cautelar.

El fallo de los jueces Sergio Fernández y Carlos Grecco representa un nuevo revés para el Gobierno, que se suma a la decisión de la Cámara de Apelaciones del Fuero Laboral, en feria, de mantener la suspensión de la reforma laboral, que incluye artículos como el fin de la obligatoriedad de los aportes a gremios de parte de trabajadores no afiliados a sindicatos o la limitación del derecho a huelga de empleados de servicios esenciales. Igualmente aceptó el recurso extraordinario presentado por el Gobierno para elevar a la Corte Suprema la demanda realizada por la CGT contra el capítulo 4 del DNU que sostiene la reforma laboral.

La Justicia argumentó en la resolución de rechazo la presentación del Gobierno contra la presentación de la CGT, que el Ejecutivo reclamaba que se tratara en el fuero Contencioso administrativo: “Como se ha dicho en reiteradas oportunidades, no determina una solución distinta la circunstancia que se demande a la Nación o a un ente autárquico o descentralizado o que se discuta el alcance de un acto administrativo o de lo resuelto en el marco de un procedimiento administrativo, pues la competencia en lo contencioso administrativo requiere que, además de ser parte en el pleito una persona aforada, la pretensión esté regida preponderantemente por el derecho administrativo”, y mencionaron que “en los términos de la demanda iniciada por la CGT surge que no hay norma administrativa de preponderante aplicación”.

Los jueces destacaron que “el asunto debe tramitar por ante la Justicia Nacional del Trabajo, a mérito ‘…de los principios específicos de improrrogabilidad y especialidad que prescriben los artículo 19 y 20 de la ley 18.345′, pues, como ha sido destacado por el Fiscal Federal, tales normas ‘…atribuyen competencia a ese fuero en las causas contenciosas ‘...cualquiera fueran las partes incluso la Nación, sus reparticiones autárquicas, la Municipalidad de Buenos Aires y cualquier ente público...fundadas en contratos de trabajo, convenciones colectivas...o disposiciones legales o reglamentarias del derecho del trabajo...’”.

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