Por Redacción
Un juez laboral hizo lugar a una cautelar impulsada por la CGT y dejó en suspenso parte de la ley de modernización laboral.
El avance judicial sobre la reforma laboral abre un nuevo frente en la agenda económica del Gobierno. Un juzgado del fuero laboral resolvió suspender de manera provisoria parte de la normativa recientemente sancionada, a partir de un planteo impulsado por la Confederación General del Trabajo.
El fallo fue dictado por el juez Raúl Horacio Ojeda, titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, quien hizo lugar a una medida cautelar y dispuso la suspensión de 82 artículos de la ley 27.802, vinculada a la denominada “modernización laboral”.
La resolución tiene carácter provisorio. El magistrado deberá avanzar ahora sobre el análisis de fondo del caso, mientras que el Gobierno cuenta con la posibilidad de apelar la decisión ante la Cámara del fuero. Hasta que eso ocurra, los artículos alcanzados por la medida quedan sin efecto.
Qué aspectos de la reforma quedaron en suspenso
Entre los puntos suspendidos figuran cambios relevantes en materia laboral. El fallo alcanza al Fondo de Asistencia Laboral (FAL), modificaciones en el derecho a huelga y la derogación de la ley de teletrabajo, entre otros aspectos.
También quedaron en pausa artículos que impactaban en la relación laboral, como aquellos que excluían a los trabajadores de plataformas del régimen laboral al considerarlos independientes, o los que modificaban criterios de interpretación legal y cálculo de indemnizaciones.
La resolución alcanza además normas vinculadas a convenios colectivos, tercerización, período de prueba y organización sindical, incluyendo disposiciones sobre asambleas, representación gremial y sanciones.
Los argumentos del fallo
En su resolución, el juez consideró que existían elementos suficientes para dictar la cautelar, en base al planteo de la central sindical, que cuestionó la constitucionalidad de distintos artículos por entender que implicaban cambios regresivos en materia de derechos laborales.
El magistrado advirtió sobre el “peligro en la demora” y sostuvo que la aplicación inmediata de la norma podría generar consecuencias difíciles de revertir si, en una sentencia posterior, se declarara su invalidez.
También reconoció la legitimidad de la CGT para actuar en representación colectiva y remarcó la necesidad de intervención judicial en casos donde se discuten derechos de alcance general.
Un proceso abierto
Con esta decisión, la aplicación de parte de la reforma queda en suspenso hasta que se resuelva la cuestión de fondo. El expediente será incorporado al Registro Público de Procesos Colectivos y se dará intervención al Estado nacional para continuar el trámite judicial.
Mientras tanto, la definición sobre la validez de la norma seguirá su curso en la Justicia, en un escenario donde la cautelar introduce una pausa en la implementación de cambios clave dentro del esquema laboral.
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