Por Redacción
La decisión salió de los tribunales de Rafaela y rige para una localidad en particular luego de un reclamo de vecinos.
Un juzgado civil y comercial de Rafaela falló a favor de un planteo colectivo de vecinos y estableció que no se puedan aplicar agroquímicos en un radio de 1.000 metros alrededor del éjido urbano de Sasttre, ciudad cabecera del departamento San Martín.
La definición estuvo en manos de Duilio Hail, juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela ante una acción de amparo de pobladores de Sastre que recurrieron a la Defensoría General de Rafaela.
En lso argumentos, conocidos a partir de una publicación del diario El Ciudadano, el fallo cita a una “prueba científica” aportado por un equipo de la Universidad Nacional de Rosario (UNR) que tiene la firma del médico Damián Verzeñassi.
“Afectación del medio ambiente, con consecuencias lesivas para la salud y la vida de las personas”, es parte de lo que define el fallo del juzgado rafaelino sobre el amparo colectivo originado en Sastre.
El trabajo que hizo la UNR estableció los denominados “‘campamentos sanitarios” que fueron trabajos de campo in situ llevados a cabo incluso en la misma localidad de Sastre, así como también otros puntos del territorio santafesino.
La enumeración que hizo el juez Hail incluye la presencia de enfermedades que solo pueden vincularse a la exposición a agroquímicos, el incremento de enfermedades respiratorias o manifestación de síntomas de Alzheimer o Parkinson a más corta edad.
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