Por Redacción
Inversores que compraron bonos con pesos deberán esperar un mayor plazo para venderlos y hacerse con dólares
La Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso un plazo mínimo de tenencia de 5 días hábiles -contados a partir de su acreditación en el Agente Depositario Central de Valores Negociables- como requisito para dar curso a operaciones de compra venta de títulos con liquidación en moneda extranjera, y para efectuar sus transferencias a entidades depositarias del exterior. De acuerdo con la Resolución General N° 841/2020 aprobada este domingo por el directorio del organismo, el plazo mínimo no resultará aplicable en caso de compra y venta sea en moneda extranjera contra la misma jurisdicción de liquidación que la compra.
La medida se fundamenta en la necesidad “de favorecer especialmente los mecanismos que fomenten el ahorro nacional y su canalización hacia el desarrollo productivo y propender a la integridad y transparencia de los mercados de capitales y a la inclusión financiera”. Refiere, además, a las medidas adoptadas por el Gobierno nacional a partir de la sanción de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, del 23 de diciembre de 2019, por la cual se establecieron las condiciones para asegurar la sostenibilidad de la deuda pública, compatible con la recuperación de la economía productiva y con la mejora de los indicadores sociales básicos. En la práctica, la medida implica que quien quiere entrar en pesos y salir en dólares a través de la compraventa de títulos públicos, deberá afrontar el riesgo que supone la fluctuación de los valores hasta que se cumpla el plazo para vender los bonos y hacerse con los dólares.
Entre los considerandos de la RG, el directorio de la CNV menciona los efectos de la pandemia por coronavirus COVID-19 “y su impacto sobre el contexto económico imperante”, que profundizan “la necesidad de adoptar decisiones extraordinarias tendientes a asegurar el normal funcionamiento de la economía, sostener el nivel de actividad y empleo y proteger a los consumidores”. Argumenta además que a partir de las tareas de monitoreo realizadas por la CNV, en el ámbito de su competencia y en cumplimiento de lo requerido por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) “en cuanto la adopción de medidas alineadas con lo normado por dicha entidad a los fines de evitar prácticas y operaciones elusivas, se han verificado operaciones instrumentadas a través de la compraventa de Valores Negociables que tienen por objeto eludir las restricciones al acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera”.
La norma entrará en vigencia en el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial.
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